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Resolución

Resolución 331-21

que aprueba los Protocolos de Enmiendas al Convenio de Aviación Civil Internacional, sobre los artículos 48(a), 50(a) 56, 50(a), 50(a) y 56, suscritos el 15 de septiembre de 1962, el 12 de marzo de 1971, el 6 de octubre de 1989, el 26 de octubre de 1990 y los dos últimos, el 6 de octubre de 2016, respectivamente

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 oct de 2021fecha
Tratado o acuerdo internacionaltipo
G. O. 11040Gaceta Oficial del 18 oct de 2021
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
DECIDIÓ que el Secretario General de la Organización de Aviación Civil Internacional redacte un protocolo en los idiomas español (organismo)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 331-21 que aprueba los Protocolos de Enmiendas al Convenio de Aviación Civil Internacional, sobre los artículos 48(a), 50(a) 56, 50(a), 50(a) y 56, suscritos el 15 de septiembre de 1962, el 12 de marzo de 1971, el 6 de octubre de 1989, el 26 de octubre de 1990 y los dos últimos, el 6 de octubre de 2016, respectivamente. G.O. No. 11040 del 18 de octubre de 2021. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. No. 331-21 Visto: El artículo 93, numeral 1), literal l) de la Constitución de la República. Vistos: Los Protocolos de Enmiendas al Convenio de Aviación Civil Internacional, sobre los artículos 48(a), 50(a) 56, 50(a), 50(a) y 56, suscritos el 15 de septiembre de 1962, el 12 de marzo de 1971, el 6 de octubre de 1989, el 26 de octubre de 1990 y los dos últimos, el 6 de octubre de 2016, respectivamente. Vista: La Sentencia del Tribunal Constitucional No.TC/0083/20, de fecha 25 de febrero del año 2020. R E S U E L V E: Único: Aprobar los Protocolos de Enmiendas al Convenio de Aviación Civil Internacional, sobre los artículos 48(a), 50(a) 56, 50(a), 50(a) y 56, suscritos el 15 de septiembre de 1962, el 12 de marzo de 1971, el 6 de octubre de 1989, el 26 de octubre de 1990 y los dos últimos el 6 de octubre de 2016, respectivamente. Dichos protocolos surgen bajo el interés de los gobiernos de acordar ciertos principios y arreglos, a fin de desarrollar la aviación civil internacional de manera segura y ordenada y que los servicios internacionales de transporte aéreo sean sobre una base de igualdad de oportunidades a realizarse de modo sano y económico, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona