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Resolución

Resolución 264-21

que aprueba el contrato suscrito entre el Estado dominicano y el señor Agustín Valdez y su adendum de fecha 2 de octubre de 2002, por medio del cual el primero traspasa al segundo, el apartamento No. 302, edificio No. 15-B, ubicado en el Proyecto El Pensador, Parque Mirador del Este, sector Villa Duarte, D.N

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 ago de 2021fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 11034Gaceta Oficial del 26 ago de 2021
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Agustín Valdez (persona)
Monto
RD$45,942 · en el texto: «RD$45,942.14»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 264-21 que aprueba el contrato suscrito entre el Estado dominicano y el señor Agustín Valdez y su adendum de fecha 2 de octubre de 2002, por medio del cual el primero traspasa al segundo, el apartamento No. 302, edificio No. 15-B, ubicado en el Proyecto El Pensador, Parque Mirador del Este, sector Villa Duarte, D.N. G. O. No. 11034 del 26 de agosto de 2021. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. No. 264-21 VISTO: El inciso 19 del art. 37 de la Constitución de la República. VISTO: El contrato de venta de apartamento suscrito en fecha 6 de julio del 1989, y su adendum de fecha 2 de octubre de 2002, entre el Estado dominicano y el señor Agustín Valdez. R E S U E L V E UNICO: APROBAR el contrato de venta de apartamento suscrito en fecha 6 de julio del 1989, entre el Estado dominicano, representado en este acto por el Administrador General de Bienes Nacionales, señor Camilo Antonio Nazir Tejada, de una parte, y de la otra parte, el señor Agustín Valdez, por medio del cual el primero traspasa al segundo, el apartamento No. 302, edificio No. 15-B, construido de blocks y concreto, ubicado en el Proyecto El Pensador, Parque Mirador del Este, del sector Villa Duarte, de esta ciudad, valorado en la suma de cuarenta y cinco mil novecientos cuarenta y dos pesos oro dominicanos con 14/100 (RD$45,942.14), y el adendum de contrato, suscrito en fecha 2 de octubre de 2002, entre el Estado dominicano, representado por el señor Bienvenido Brito, de una parte, y de la otra parte, el señor Agustín Valdez, por medio del cual se actualiza el monto original a la suma de RD$134,941.25 (ciento treinta y cuatro mil novecientos cuarentiún pesos dominicanos con 25/100), que copiados a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona