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Resolución

Resolución 4-21

que aprueba la Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, aprobada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), suscrita en Paris el 2 de noviembre de 2001

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 ene de 2021fecha
Tratado o acuerdo internacionaltipo
G. O. 11005Gaceta Oficial del 13 ene de 2021
Congreso Nacionalórgano

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 4-21 que aprueba la Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, aprobada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), suscrita en Paris el 2 de noviembre de 2001. G. O. No. 11005 del 13 de enero de 2021. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. No. 4-21 VISTO: El artículo 93, numeral 1), literal L) de la Constitución de la República. VISTA: La Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, aprobada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) en fecha 2 de noviembre de 2001. VISTA: La sentencia del Tribunal Constitucional No.TC/0612/19 de fecha 26 de diciembre de 2019, relativa al control preventivo de constitucionalidad. R E S U E L V E: ÚNICO: APROBAR la Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático, aprobada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), suscrita en Paris el 2 de noviembre de 2001. Dicha convención tiene por objeto garantizar y fortalecer la protección del patrimonio cultural subacuático, que copiada a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona