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Resolución

Resolución 109-20

que aprueba el Convenio Internacional para el Control y la Gestión del Agua de Lastre y los Sedimentos de los Buques 2004

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
3 ago de 2020fecha
Tratado o acuerdo internacionaltipo
G. O. 10982Gaceta Oficial del 10 ago de 2020
Congreso Nacionalórgano

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 109-20 que aprueba el Convenio Internacional para el Control y la Gestión del Agua de Lastre y los Sedimentos de los Buques 2004. G. O. No. 10982 del 10 de agosto de 2020. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. No. 109-20 VISTO: El artículo 93, numeral 1), literal L), de la Constitución de la República. VISTO: El Convenio Internacional para el Control y la Gestión del Agua de Lastre y los Sedimentos de los Buques, 2004, adoptado en Londres el 13 de febrero de 2004. VISTA: La sentencia del Tribunal Constitucional No. TC/0412/18, de fecha 9 de noviembre de 2018, relativa al Control Preventivo de Constitucionalidad. R E S U E L V E: ÚNICO: APROBAR el Convenio Internacional para el Control y la Gestión del Agua de Lastre y los Sedimentos de los Buques, 2004, adoptado en Londres el 13 de febrero de 2004. Dicho convenio tiene por objeto evitar la propagación de organismos acuáticos perjudiciales y agentes patógenos, de una región a otra, estableciendo normas y procedimientos para la gestión y el control del agua de lastre y los sedimentos de los buques. Las partes deben velar para que las prácticas de gestión del agua de lastre no causen un daño mayor ni deteriorar el medio ambiente, la salud de los seres humanos, los bienes o los recursos, propios o de otros Estados, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona