Texto de la norma
Res. No. 69-20 que aprueba los actos del Poder Ejecutivo consignados en las memorias
de los ministerios correspondiente al año 2017. G. O. No. 10979 del 16 de julio de 2020.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 69-20
CONSIDERANDO PRIMERO: Que la Constitución de la República en su artículo 114, en
lo relativo a la rendición de cuentas del Presidente de la República, establece que “ es
responsabilidad del Presidente de la República rendir cuentas anualmente, ante el Congreso
Nacional, de la administración presupuestaria, financiera y de gestión ocurrida en el año
anterior, según lo establece el artículo 128, numeral 2, literal f) de esta Constitución,
acompañada de un mensaje explicativo de las proyecciones macroeconómicas y fiscales, los
resultados económicos, financieros y sociales esperados y las principales prioridades que el
Gobierno se propone ejecutar dentro de la Ley de Presupuesto General del Estado aprobada
para ese año en curso”.
CONSIDERANDO SEGUNDO: Que en virtud del indicado mandato constitucional
consignado en el artículo 128, numera 2, literal f), el Presidente de la República, en fecha 20
de marzo de 2018, depositó en el Senado de la República, las memorias de los ministerios y
rindió cuentas de su administración del año anterior.
CONSIDERANDO TERCERO: Que de igual manera, la propia Constitución de la
República consagra en su artículo 93, numeral 2, literal d), que es atribución del Congreso
Nacional, en materia de fiscalización y control “examinar anualmente todos los actos del
Poder Ejecutivo y aprobarlos, si son ajustados a la Constitución y a las leyes”.
CONSIDERANDO CUARTO: Que en ese sentido, la Constitución establece en su artículo
246 lo siguiente: “el control y fiscalización sobre el patrimonio, los ingresos, gastos y uso de
los fondos públicos se llevará a cabo por el Congreso Nacional, la Cámara de Cuentas, la
Contraloría General de la República, en el marco de sus respectivas competencias…”.
VISTOS: Los artículos 114, 128, numeral 2, literal F, 93, numeral 2, literal D, y 246 de la
Constitución de la República.
VISTO: El oficio del Presidente de la República de fecha 07 de marzo de 2018, de remisión
al Senado de la República de las Memorias de la Administración Pública correspondientes al
año 2017.
RESUELVE:
ÚNICO: Aprobar los actos del Poder Ejecutivo consignados en las memorias de los
ministerios correspondiente al año 2017.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo
de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, al primer (01) día del
mes de agosto del año dos mil dieciocho (2018); años 175 de la Independencia y 155 de la
Restauración.
Reinaldo Pared Pérez
Presidente
Prim Pujals Nolasco
Rafael Porfirio Calderón Martínez
Secretario
Secretario Ad-Hoc
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
dieciocho (18) días del mes de junio del año dos mil veinte (2020); años 177 de la
Independencia y 157 de la Restauración.
Radhamés Camacho Cuevas
Presidente
Ivannia Rivera Núñez
Juan Julio Campos Ventura
Secretaria
Secretario
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y ejecución.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los ocho (8) días del mes de julio del año dos mil veinte (2020); año 177 de
la Independencia y 157 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.