Texto de la norma
Res. No. 494-19 que aprueba los actos del Poder Ejecutivo consignados en las memorias
de los ministerios en su rendición de cuentas correspondiente al año 2018. G. O. No.
10962 del 9 de diciembre de 2019.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 494-19
CONSIDERANDO PRIMERO: Que la Constitución de la República en su artículo 114, en
lo relativo a la rendición de cuentas del Presidente de la República, establece que “es
responsabilidad del Presidente de la República rendir cuentas anualmente ante el Congreso
Nacional, de la administración presupuestaria, financiera y de gestión ocurrida en el año
anterior, según lo establece el artículo 128, numeral 2, literal f) de esta Constitución,
acompañada de un mensaje explicativo de las proyecciones macroeconómicas y fiscales, los
resultados económicos, financieros y sociales esperados y las principales prioridades que el
Gobierno se propone ejecutar dentro de la Ley de Presupuesto General del Estado aprobada
para ese año en curso”.
CONSIDERANDO SEGUNDO: Que en virtud del indicado mandato constitucional
consignado en el artículo 128, numeral 2, literal f), el Presidente de la República, en fecha 25
de febrero de 2019, depositó en el Senado de la República, las memorias de los ministerios y
rindió cuentas de su administración del año anterior.
CONSIDERANDO TERCERO: Que de igual manera, la propia Constitución de la
República consagra en su artículo 93, numeral 2, literal d), que es atribución del Congreso
Nacional, en materia de fiscalización y control “examinar anualmente todos los actos del
Poder Ejecutivo y aprobarlos, si son ajustados a la Constitución y a las leyes”.
CONSIDERANDO CUARTO: Que en ese sentido, la Constitución establece en su artículo
246 lo siguiente: “el control y fiscalización sobre el patrimonio, los ingresos, gastos y uso de
los fondos públicos se llevará a cabo por el Congreso Nacional, la Cámara de Cuentas, la
Contraloría General de la República, en el marco de sus respectivas competencias…”.
VISTOS: Los artículos 114, 128, numeral 2, literal F, 93, numeral 2, literal d, y 246 de la
Constitución de la República.
VISTO: El oficio del Presidente de la República de fecha 25 de febrero de 2019, de remisión
al Senado de la República de las Memorias de la Administración Pública, correspondientes
al año 2018.
RESUELVE:
ÚNICO: Aprobar los actos del Poder Ejecutivo consignados en las memorias de los
ministerios en su rendición de cuentas correspondiente al año 2018.
DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo
de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24)
día del mes de julio del año dos mil diecinueve (2019); años 176 de la Independencia y 156
de la Restauración.
Reinaldo Pared Pérez
Presidente
Amarilis Santana Cedano
Rafael Porfirio Calderón Martínez
Secretaria
Secretario
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en
Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los
cuatro (4) días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019); años 176 de la
Independencia y 157 de la Restauración.
Radhamés Camacho Cuevas
Presidente
Ivannia Rivera Núñez
Juan Julio Campos Ventura
Secretaria
Secretario
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República.
PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para
su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los cinco (5) días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019),
año 176 de la Independencia y 157 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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