jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 435-19

que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y las señoras Angela Maria Arias Rivera y Angela Benita Arias de Peña, en relación a la venta por parte del primero a las segundas, de una porción de terreno de 235.20Mts², dentro de la parcela No. 383, del D.C. No. 7, sector Sombrero, del municipio de Bani, provincia Peravia

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 oct de 2019fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 10958Gaceta Oficial del 30 oct de 2019
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Angela Maria Arias Rivera y Angela Benita Arias de Peña (persona)
Monto
RD$82,320 · en el texto: «RD$82,320.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 435-19 que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y las señoras Angela Maria Arias Rivera y Angela Benita Arias de Peña, en relación a la venta por parte del primero a las segundas, de una porción de terreno de 235.20Mts², dentro de la parcela No. 383, del D.C. No. 7, sector Sombrero, del municipio de Bani, provincia Peravia. G. O. No. 10958 del 30 de octubre de 2019. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. No. 435-19 VISTA: La decimoquinta disposición transitoria de la Constitución de la República, del 26 de enero de 2010. VISTO: El contrato de venta de terrenos suscrito en fecha 2 de mayo del año 2006, entre el ESTADO DOMINICANO y las señoras ANGELA MARÍA ARIAS RIVERA Y ANGELA BENITA ARIAS DE PEÑA. RESUELVE: UNICO: APROBAR el contrato de venta de terrenos suscrito en fecha 2 de mayo del año 2006, entre el Estado dominicano, debidamente representado en este acto por el titular de la Administración General de Bienes Nacionales, señor ARISTIPO VIDAL, de una parte, y de la otra parte, las señoras ANGELA MARÍA ARIAS RIVERA Y ANGELA BENITA ARIAS DE PEÑA, por medio del cual el primero traspasa a las segundas, a título de venta, una porción de terreno con una superficial de doscientos treinta y cinco punto veinte metros cuadrados (235.20Mts2), dentro del ámbito de la parcela No.383, del Distrito Catastral No. 7, del municipio de Baní, provincia Peravia, ubicada en el sector Sombrero, valorada en la suma de ochenta y dos mil trescientos veinte pesos dominicanos con 00/100(RD$82,320.00), que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona