jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 407-19

que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y la señora Santa Cruz Ramírez, en relación a la venta por parte del primero a la segunda, de una porción de terreno de 98.96Mts², dentro de la parcela No. 92-B-Ref., solar No. 24, manzana No. 1991, del D.C. No. 15, Distrito Nacional

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 oct de 2019fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 10957Gaceta Oficial del 21 oct de 2019
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Santa Cruz Ramírez (persona)
Monto
RD$49,480 · en el texto: «RD$49,480.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 407-19 que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y la señora Santa Cruz Ramírez, en relación a la venta por parte del primero a la segunda, de una porción de terreno de 98.96Mts², dentro de la parcela No. 92-B-Ref., solar No. 24, manzana No. 1991, del D.C. No. 15, Distrito Nacional. G. O. No. 10957 del 21 de octubre de 2019. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. No. 407-19 VISTO: El inciso 19 del art.37 de la Constitución de la República. VISTO: El contrato de venta de terrenos suscrito en fecha 6 de septiembre del 2001, entre el ESTADO DOMINICANO y la señora SANTA CRUZ RAMÍREZ. RESUELVE UNICO: APROBAR el contrato de venta de terrenos suscrito en fecha 6 de septiembre del 2001, entre el ESTADO DOMINICANO, debidamente representado en este acto por el administrador general de Bienes Nacionales, señor BIENVENIDO BRITO, de una parte, y de la otra parte, la señora SANTA CRUZ RAMÍREZ , por medio del cual el primero traspasa a la segunda, a título de venta, una porción de terreno con una extensión superficial de noventa y ocho punto noventa y seis metros cuadrados (98.96 Mt2), dentro de la parcela No. 92-B-REF, solar No. 24, manzana No.1991, del D.N., valorada en la suma de cuarenta y nueve mil cuatrocientos ochenta pesos dominicanos con cero centavos 00/100 (RD$49,480.00), que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona