Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Res. No. 18-19 que aprueba la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en
Materia Fiscal, hecha en Estrasburgo, Francia, el 25 de enero de 1988. G. O. No.
10934 del 28 de febrero de 2019.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 18-19
VISTO: El artículo 93, numeral 1), literal L), de la Constitución de la República.
VISTA: La Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, hecha
en Estrasburgo, Francia, el 25 de enero de 1988, (Texto actualizado con las disposiciones
del Protocolo que modifica la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en
Materia Fiscal) firmada por la República Dominicana en Paris, Francia, el 28 de junio de
2016.
VISTA: La sentencia del Tribunal Constitucional No.TC/0819/17, de fecha 12 diciembre
del año 2017, sobre el control preventivo de constitucionalidad.
R E S U E L V E:
ÚNICO: APROBAR la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia
Fiscal, hecha en Estrasburgo, Francia, el 25 de enero de 1988, (Texto actualizado con las
disposiciones del Protocolo que modifica la Convención sobre Asistencia Administrativa
Mutua en Materia Fiscal) firmada por la República Dominicana, representada por Rosa
Hernández de Grullón, Embajadora de la República Dominicana en Francia, en fecha 28 de
junio de 2016.
Dicha Convención tiene por objeto:
1. Que las Partes se prestarán asistencia administrativa mutua en asuntos fiscales.
Dicha asistencia puede incluir, de considerarlo apropiado, medidas adoptadas
por órganos judiciales.
2. Dicha asistencia administrativa incluirá:
a.
Intercambio de información, incluyendo auditorias fiscales simultaneas y
participación en auditorias en el extranjero.
b. Asistencia en el cobro, incluyendo el establecimiento de medidas cautelares,
y
c.
La notificación o traslado de documentos.
3. Las Partes proporcionarán asistencia administrativa, ya sea si la persona
afectada es residente o nacional de una Parte o de cualquier otro Estado; que
copiada a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.