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Resolución

Resolución 14-18

que aprueba el contrato suscrito entre el Ingenio Porvenir y los señores Susan Powell Wenzlaff y José Julián Kunhardt Santiago, representados por el señor Roberto Eduardo López Santiago, a través del cual el primero vende a los segundos, una porción de terreno de 18,391.57 Mts², dentro de la parcela No. 8 (parte), D.C. No. 1, lugar Cumayasa, sección Cumayasa, municipio Ramón Santana, provincia San Pedro de Macorís

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 feb de 2018fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 10906Gaceta Oficial del 2 mar de 2018
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Susan Powell Wenzlaff y José Julián Kunhardt Santiago (persona)
Monto
RD$3.2 millones · en el texto: «RD$3,218,524.75»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 14-18 que aprueba el contrato suscrito entre el Ingenio Porvenir y los señores Susan Powell Wenzlaff y José Julián Kunhardt Santiago, representados por el señor Roberto Eduardo López Santiago, a través del cual el primero vende a los segundos, una porción de terreno de 18,391.57 Mts², dentro de la parcela No. 8 (parte), D.C. No. 1, lugar Cumayasa, sección Cumayasa, municipio Ramón Santana, provincia San Pedro de Macorís. G. O. No. 10906 del 2 de marzo de 2018. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. No.14-18 VISTO: El artículo 93, numeral 1) literal K) de la Constitución de la República. VISTO: El contrato de venta de terreno suscrito en fecha 22 de enero del año 2010, entre el INGENIO PORVENIR y los señores SUSAN POWELL WENZLAFF Y JOSE JULIAN KUNHARDT SANTIAGO, representados por el señor ROBERTO EDUARDO LOPEZ SANTIAGO. R E S U E L V E: UNICO: APROBAR el contrato de venta de terreno suscrito en fecha 22 de enero del año 2010, entre el INGENIO PORVENIR, válidamente representado por el Director Ejecutivo, LIC. JUAN FRANCISCO MATOS CASTAÑO, de una parte y de la otra parte los señores SUSAN POWELL WENZLAFF Y JOSE JULIAN KUNHARDT SANTIAGO, representados por el señor ROBERTO EDUARDO LOPEZ SANTIAGO, por medio del cual el primero traspasa a los segundos, a titulo de venta, una porción de terreno con una extensión superficial de DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UN PUNTO CINCUENTA Y SIETE (18,391.57) metros cuadrados, equivalentes a VEINTINUEVE PUNTO VEINTICINCO (29.25) tareas nacionales, ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.8 (Pte.), D.C. No.1, lugar Cumayasa, sección Cumayasa, municipio Ramón Santana, provincia San Pedro de Macorís, valorada en la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO PESOS ORO DOMINICANOS CON 75/100 (RD$3,218,524.75), que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona