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Resolución

Resolución 6-17

que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y el señor Danilo Rolando Martínez Fernández, en virtud del cual el primero traspasa al segundo, el apartamento No. 7-Oeste, séptima planta, edificio No. 1-B-O, Proyecto Condominio Embajador, D. N

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 ene de 2017fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 10870Gaceta Oficial del 27 ene de 2017
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Danilo Rolando Martínez Fernández (persona)
Monto
RD$72,813 · en el texto: «RD$72,812.72»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Res. No. 6-17 que aprueba el contrato entre el Estado dominicano y el señor Danilo Rolando Martínez Fernández, en virtud del cual el primero traspasa al segundo, el apartamento No. 7-Oeste, séptima planta, edificio No. 1-B-O, Proyecto Condominio Embajador, D. N. G. O. No. 10870 del 27 de enero de 2017. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. No. 6-17 VISTO: El Inciso 19 del Artículo 37 de la Constitución de la República. VISTO: El contrato de venta suscrito en fecha 22 de julio de 1978, entre el Estado dominicano y el señor DANILO ROLANDO MARTINEZ FERNANDEZ. R E S U E L V E: UNICO: APROBAR el contrato de compra-venta de apartamento suscrito en fecha 22 de julio de 1978, entre el Estado dominicano, representado en este acto por la Administradora General de Bienes Nacionales, LIC. MARIA BINET MIESES, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], de una parte, y de la otra parte el señor DANILO ROLANDO MARTINEZ FERNANDEZ, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], por medio del cual la primera traspasa al segundo, a titulo de venta, el apartamento marcado con el No. 7-Oeste, séptima planta del edificio No. 1-B-O, ubicado en el Proyecto Condominio Embajador, valorado en la suma de SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS DOCE CON 72/100 (RD$72,812.72). DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de mayo del año dos mil cinco (2005), años 162 de la Independencia y 142 de la Restauración. Andrés Bautista García Presidente Juan Antonio Morales Vilorio Germán Castro García Secretario Secretario Ad-Hoc. DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de septiembre del año dos mil siete (2007), años 164 de la Independencia y 145 de la Restauración. Julio César Valentín Jiminián Presidente María Cleofia Sánchez Lora Teodoro Ursino Reyes Secretaria Secretario DANILO MEDINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la República. PROMULGO la presente Resolución y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de enero del año dos mil diecisiete (2017), años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración. DANILO MEDINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona