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Resolución

Resolución 101-15

que aprueba el contrato de permuta entre el Estado dominicano y la compañía Nellyann, S.A., representada por la señora Onelis Nellys Valdez Mejía, sobre el traspaso por parte del primero a la segunda, de una porción de terreno de 404.62 Mts², Solar No. 47, manzana No. 1811-Bis, D.C. No.1, Distrito Nacional, y a su vez la segunda traspasa al primero, una porción de terreno de 458.14 Mts², dentro de la Parcela No. 103, D.C. No. 3, del D.N

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 jun de 2015fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 10802Gaceta Oficial del 19 jun de 2014
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
COMPAÑÍA NELLYANN, S.A (empresa)
Monto
RD$4.9 millones · en el texto: «RD$4,855,440.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 101-15 que aprueba el contrato de permuta entre el Estado dominicano y la compañía Nellyann, S.A., representada por la señora Onelis Nellys Valdez Mejía, sobre el traspaso por parte del primero a la segunda, de una porción de terreno de 404.62 Mts², Solar No. 47, manzana No. 1811-Bis, D.C. No.1, Distrito Nacional, y a su vez la segunda traspasa al primero, una porción de terreno de 458.14 Mts², dentro de la Parcela No. 103, D.C. No. 3, del D.N. G. O. No. 10802 del 19 de junio de 2014. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. No. 101-15 VISTA: La Decimoquinta disposición transitoria de la Constitución de la República, del 26 de enero de 2010. VISTO: El contrato de permuta suscrito en fecha 3 de febrero de 2009, entre el Estado dominicano y la compañía Nellyann, S.A., representada por su presidenta Onelis Nelly Valdez Mejía. R E S U E L V E: UNICO: APROBAR el contrato de permuta suscrito en fecha 3 de febrero de 2009, entre el Estado dominicano, debidamente representado en este acto por el titular de la Administración General de Bienes Nacionales, Lic. Elías Wessin Chávez, de una parte, de la otra parte la compañía Nellyann, S.A., representada por su presidenta Onelis Nelly Valdez Mejía, por medio del cual el primero traspasa a la segunda, a título de permuta, el inmueble que se descubre a continuación: Una porción de terreno con una extensión superficial de 404.62 Mts², perteneciente al solar No. 47, manzana No. 1811-Bis, del Distrito Catastral No. 1, del Distrito Nacional, valorada en la suma de: cuatro millones ochocientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos cuarenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$4,855,440.00). LA SEGUNDA PARTE por medio del presente acto cede y transfiere a su vez, en calidad de permuta, el inmueble que se describe a continuación: Una porción de terreno con una extensión superficial de 458.14 Mts², dentro del ámbito de la parcela No. 103, del Distrito Catastral No. 3, del Distrito Nacional, valorado en la suma de cinco millones seiscientos diecisiete mil seiscientos ochenta pesos dominicanos con 00/100. La diferencia entre un valor consignado en los inmuebles descritos por la suma de setecientos sesenta y dos mil doscientos cuarenta pesos dominicanos con 00/100 (RD$762,240.00), a favor de la compañía Nellyann, S.A., quien renuncia al beneficio de dicha diferencia, descargando desde ahora y para siempre al Estado dominicano de cualquier acción judicial presente y futura como reclamo de la suma indicada, que acopiado a la letra dice así:

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona