Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Res. No. 523-14 que aprueba la Enmienda del 11 de junio de 2014, suscrita entre la
República Dominicana y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), al
Convenio de Préstamo No. 780-DO del 29 de junio de 2009, por un monto de
DEG9,450,000.00, para ser utilizado en el Proyecto de Desarrollo para Organizaciones
Económicas de Pobres Rurales de la Frontera. G. O. No. 10781 del 7 de noviembre de
2014.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 523-14
VISTO: El Artículo 93, numeral 1), literales j) y k), de la Constitución de la República.
VISTO: El Convenio de Préstamo No.780-DO, de fecha 29 de junio de 2009, suscrito entre
la República Dominicana y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), por un
monto de DEG9,450,000, promulgado mediante Resolución No.51-10 en fecha 18 de
marzo de 2010, publicado en la Gaceta Oficial No.10569, del 23 de marzo de 2010.
VISTA: La Enmienda del 11 de junio de 2014, suscrita entre la República Dominicana y el
Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), al Convenio de Préstamo No.780-DO,
del 29 de junio de 2009, por un monto de DEG9,450.000.
R E S U E L V E:
ÚNICO: APROBAR la Enmienda del 11 de junio de 2014, suscrita entre la República
Dominicana y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), al Convenio de
Préstamo No.780-DO, de fecha 29 de junio de 2009, por un monto de nueve millones
cuatrocientos cincuenta mil Derechos Especiales de Giro (DEG9,450,000), para ser
utilizados en el Proyecto de Desarrollo para Organizaciones Económicas de Pobres Rurales
de la Frontera, que copiada a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.