jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 112

QUE APRUEBA EL CONVENIO DE GARANTIA DE FECHA 6 DE NOVIEMBRE DE 1974 Y LOS DOCUMENTOS MENCIONADOS, CE...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 dic de 1974fecha
Préstamo o financiamientotipo
G. O. 9359Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (organismo)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta y cuatro, años 131° de la Independencia y 112° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER Resolución N° 112, del Congreso Nacional, que aprueba el Convenio de Garantía de fecha 6 de noviembre de 1974 y los documentos mencionados, celebrado entre la República Dominicana y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, para la ejecución del Proyecto Turístico de Puerto Plata. (G. O. N° 9359, del 15 de Enero de 1975) EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 112 VISTOS los Artículos 37, incisos 14) y 19) y 55), inciso 10) de la Constitución de la República; VISTA la Resolución del Congreso Nacional Núm. 40 de fecha 17 de octubre de 1974, que autoriza al Banco Central de la República Dominicana a obtener y recibir del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento un préstamo de US$21.0 millones de dólares; VISTOS el Convenio de Garantía de fecha 6 de noviembre de 1974 celebrado entre la República Dominicana y el Banco internacional de Reconstrucción y Fomento, el Convenio de Préstamo por la suma de US$21.0 millones de dólares, de la misma fecha, celebrado entre dicha institución bancaria internacional y el Banco Central de la República Dominicana, y las Condiciones Generales aplicables a los contratos de Préstamos y de Garantía de la citada entidad internacional, de fecha 15 de marzo de 1974; RESUELVE: ARTICULO UNICO: Aprobar el Convenio de Garantía de fecha 6 de noviembre de 1974, y los documentos mencionados que forman parte del mismo, celebrado entre la República Dominicana, representada por el señor Carlos J. Séliman, Secretario de Estado de Finanzas y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, representado por el señor Gerald Alter, Vicepresidente Regional para América Latina y el Caribe, por medio del cual el Gobierno Dominicano garantiza las obligaciones contraídas por el Banco Central de la República Dominicana respecto de un Convenio de Préstamo de US$21.0 millones de dólares que le ha sido otorgado por el mencionado Banco, para financiar en parte la ejecución del proyecto turístico de Puerto Plata. Los Convenios de Garantía, de Préstamo y las Condiciones Generales, mencionados, copiados a la letra dicen así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona