Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Res. No. 219-14 que aprueba el contrato suscrito entre Empresa Distribuidora de
Electricidad del Norte, S.A. (EdeNorte), Empresa Distribuidora de Electricidad del
Sur, S.A. (EdeSur) y Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A. (EdeEste),
representadas por la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales
(CDEEE) y el Consorcio Odebrech-Tecnimont-Estrella, para la construcción de una
Central Generadora de Electricidad de 674.78 MW, ubicada en Punta Catalina,
provincia Peravia. G. O. No. 10763 del 11 de julio de 2014.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 219-14
VISTO: El Artículo 93, numeral 1) literal k), de la Constitución de la República.
VISTO: El Contrato de Ingeniería, Procura y Construcción Contrato de EPC-NO.101/14,
de fecha 14 de abril de 2014, para la Ingeniería, Procura y Construcción de una Central
Generadora de Electricidad de 674.78 MW de capacidad neta garantizada, compuesta por
dos (2) unidades termoeléctricas en base a carbón mineral de 337.39 MW de capacidad neta
garantizada cada una-Central Punta Catalina-otorgado en el marco de la Licitación Pública
Internacional No.CDEEE-LPI-01-2013, entre de una parte EdeNorte Dominicana, S.A;
EdeSur Dominicana, S.A., y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este, S.A.,
representadas en este acto por la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales
(CDEEE), y de la otra parte el Consorcio Odebrecht-Tecnimont-Estrella.
R E S U E L V E :
ÚNICO: APROBAR el Contrato de Ingeniería, Procura y Construcción Contrato de EPC-
NO.101/14, de fecha 14 de abril de 2014, para la Ingeniería, Procura y Construcción de una
Central Generadora de Electricidad de 674.78 MW de capacidad neta garantizada,
compuesta por dos (2) unidades termoeléctricas en base a carbón mineral de 337.39 MW de
capacidad neta garantizada cada una-Central Punta Catalina-otorgado en el marco de la
Licitación Pública Internacional No.CDEEE-LPI-01-2013, entre de una parte, EdeNorte
Dominicana, S.A; EdeSur Dominicana, S.A., y la Empresa Distribuidora de Electricidad
del Este, S.A., representadas en este acto por la Corporación Dominicana de Empresas
Eléctricas Estatales (CDEEE), representada por su Vicepresidente Ejecutivo, señor Rubén
Jiménez Bichara, y de la otra parte el Consorcio Odebrecht-Tecnimont-Estrella, integrado
por las personas jurídicas: Constructora Norberto Odebrecht, S.A., Tecnimont S.P.A., e
Ingeniería Estrella S.R.L., representado por el señor David Carvalho Neto, representante
autorizado. Este Contrato tiene como objeto establecer los términos y condiciones que
regirán las relaciones entre la Corporación, la Empresa y el Contratista para el desarrollo y
la ejecución del Proyecto, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.