jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 305-12

que aprueba el contrato entre el Ingenio Porvenir y el señor Julio Esteban Gómez Carrasco, sobre el traspaso por parte del primero al segundo, de una porción de terreno dentro de la parcela No. 4 (parte), D. C. No. 1, municipio de Ramón Santana

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 nov de 2012fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 10701Gaceta Oficial del 30 nov de 2012
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Julio Esteban Gómez Carrasco (persona)
Monto
RD$4.1 millones · en el texto: «RD$4,089,758.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 305-12 que aprueba el contrato entre el Ingenio Porvenir y el señor Julio Esteban Gómez Carrasco, sobre el traspaso por parte del primero al segundo, de una porción de terreno dentro de la parcela No. 4 (parte), D. C. No. 1, municipio de Ramón Santana. G. O. No. 10701 del 30 de noviembre de 2012. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. No. 305-12 VISTO: El Inciso 19 del Art.37 de la Constitución de la República. VISTO: El contrato de venta suscrito en fecha 20 de agosto de 2003, entre el INGENIO PORVENIR y el señor JULIO ESTEBAN GÓMEZ CARRASCO. RESUELVE: ÚNICO: APROBAR el contrato de venta suscrito en fecha 20 de agosto de 2003, entre el INGENIO PORVENIR, institución autónoma del Estado dominicano, válidamente representada en este acto por el Director Ejecutivo, ING. VÍCTOR MANUEL BÁEZ, de una parte; y de la otra parte el señor JULIO ESTEBAN GÓMEZ CARRASCO, por medio del cual el primero traspasa al segundo, a título de venta, una porción de terreno con una extensión superficial de veinte mil cuatrocientos cuarenta y ocho punto setenta y nueve (20,448.79) metros cuadrados, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.4 (parte), D. C. No.1, del municipio de Ramón Santana, lugar Ramón Santana, valorada en la suma de RD$4,089,758.00 (cuatro millones ochenta y nueve mil setecientos cincuenta y ocho pesos oro dominicanos con 00/100), que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona