Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
R es. N o. 161-12 que aprueba el C onvenio de C ooperaci6n suscrito el 26 de octubre de
2010, entre el G obierno de la R epliblica D om inicana y el G obierno de la Repliblica de
El Ecuador, m ediante el cual am bos gobiernos acuerdan cooperar para coadyuvar en
la reconstrucci6n de la Repliblica de Haiti. G. 0. No. 10675 del 13 de junio de 2012.
EL CONGRESO NACIO NAL
En N om bre de la R epéblica
R es. N o. 161-12
VISTO: El Articulo 93, numeral l), literal L), de la Constituciôn de la Repflblica.
V ISTO : El Convenio de Cooperaciôn entre el G obierno de la Repliblica Dom inicana y el
Gobierno de la Repliblica del Ecuador en apoyo a la Reconstrucciôn de la Repflblica de
Haiti, suscrito en fecha 26 de octubre de 2010.
V ISTA: La Sentencia de la Suprem a Corte de Justicia No. 16 de fecha 9 de febrero de 20l l .
R E SU E L V E:
IINICO: APROBAR el Convenio de Cooperaciôn suscrito en fecha 26 de octubre de 2010
entre el Gobierno de la Repliblica Dom inicana, representado por el M inistro de
Relaciones Exteriores, sehor Carlos M orales Troncoso y el Gobierno de la Repliblica
del Ecuador, representado por su Embajador en el pais, el sehor Carlos L6pez Damm;
mediante este Convenio, el Gobierno de la Repflblica Dom inicana y Gobierno de la
Repflblica del Ecuador acuerdan cooperar para coadyuvar en la reconstrucciôn de Haiti,
donde el Gobierno de la Repflblica Dom inicana prestarâ la facilidades necesarias para que
el contingente del Cuerpo de lngenieros del Ejército del Ecuador que participarâ en dicha
reconstrucciôn, pueda adquirir o importar sin impuestos o aranceles, en especial, el relativo
al lmpuesto a la Transferencia de Bienes y Selwicios (lTBlS), mâquinas, materiales y otros
en ese pais y pueda reexportarlo igualmente sin impuestos, trabas o limitaciones. El
Gobierno de la Repflblica Dom inicana concederâ al Gobierno de la Repflblica de Ecuador
las facilidades de contrataciôn y libre circulaciôn de bienes sanitarios, médicos y otros que
fueren necesarios para cumplir con el cometido de cooperaciôn con Haiti; de igual modo, la
Repflblica Dom inicana se comprom ete a establecer las facilidades y mecanismos necesarios
para que los miembros del Cuerpo de lngenieros del Ejército de Ecuador, en trânsito hacia
la Repflblica de Haiti, de regreso de la Repflblica de Haiti o en gestiones de adquisiciôn de
bienes, puedan cumplir con las tareas establecidas en el articulo prim ero de este Convenio,
que copiado a la letra dice asi:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.