Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
Res. No. 381-09 que aprueba el Contrato de Permuta de Terrenos de fecha 19 de julio del 2004, entre el Consejo Estatal del Azúcar, en representación de los ingenios Ozama y Río Haina y el Banco de Reservas de la República Dominicana.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
Res. No. 381-09
VISTO: El Inciso 19 del Art. 37 de la Constitución de la República.
VISTO: El contrato de permuta de terrenos, entre el Consejo Estatal del Azúcar, actuando en representación de los ingenios Ozama y Río Haina, y el BANCO DE RESERVAS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA.
RESUELVE:
ÚNICO: APROBAR el contrato de permuta de terrenos, suscrito en fecha 19 de julio del año 2004, entre el Consejo Estatal del Azúcar, actuando en representación de los ingenios Ozama y Río Haina, y el BANCO DE RESERVAS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, debidamente representado por el LIC. MANUEL LARA HERNÁNDEZ y el ING. RAFAEL ANTONIO SÁNCHEZ LLUBERES, quien acepta las porciones de terrenos que se describen a continuación: 1) Una área con una extensión superficial de 264,820.66 metros cuadrados, dentro del ámbito de la parcela No. 10, del Distrito Catastral No. 31, en Los Alcarrizos, Distrito Nacional, a razón de RD$125.00 el metro cuadrado, con un valor total de RD$33,102,582.50, propiedad del Ingenio Río Haina; 2) Una área con una extensión superficial de 27,071.21, dentro del ámbito de la parcela No. 8-Ref. del D. C. No. 9, del Distrito Nacional, a razón de RD$150.00 el metro cuadrado, con un valor total de RD$4,060,681.00, propiedad del Ingenio Ozama, a cambio de 4 porciones de terrenos que se describen a continuación, propiedad del Banco de Reservas de la República Dominicana, en virtud de los Certificados de Títulos No.6497, y No. 147 (Anot.#2309); a) Una porción de 172,829.59 metros cuadrados, dentro del ámbito de la parcela No. 1, del D. C. No. 2, en Esperanza, a razón de RD$150.00 el metro cuadrado, para un valor total de RD$25,924,438.50, b) Una porción de terreno de 31,515.30 metros cuadrados, dentro del ámbito de la parcela No.79 Ref. (Parte) del D. C. No. 12, San Cristóbal, a razón de RD$ 250.00 el metro cuadrado, para un valor total de RD$7,878,825.00, c) Una porción de terreno de 1,244.81 metros cuadrados, con sus mejoras, respectivamente, dentro de ámbito de la parcela No.79 Ref. (Parte) del D. C. No. 12, San Cristóbal, para un valor total de RD$1,910,000.00; d) Una porción de terreno de 3,178.17 metros cuadrados, con sus mejoras, respectivamente, dentro del ámbito de la parcela No.79 Ref. (Parte) del D. C. No.12, San Cristóbal, para un valor total de RD$ 1,450,000.00. Dichos inmuebles ascienden a un total de (RD$37,163,263.50) TREINTA Y SIETE MILLONES CIENTO SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES PESOS CON 50/100, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.