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Resolución

Resolución 193-09

que aprueba el contrato suscrito entre el Estado dominicano y los señores Ángela Cruz y/o Julio Asdrúbal Matos Pujols, en virtud del cual el primero vende a los segundos el apartamento No. 408, del edificio No. 34, ubicado en el Proyecto Habitacional Prolongación Avenida México, de esta ciudad

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
11 ago de 2009fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 10538Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Ángela Cruz y/o Julio Asdrúbal Matos Pujols (persona)
Monto
RD$122,836 · en el texto: «RD$122,836.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
Res. No. 193-09 que aprueba el contrato suscrito entre el Estado dominicano y los señores Ángela Cruz y/o Julio Asdrúbal Matos Pujols, en virtud del cual el primero vende a los segundos el apartamento No. 408, del edificio No. 34, ubicado en el Proyecto Habitacional Prolongación Avenida México, de esta ciudad. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República Res. No. 193-09 VISTO: El Inciso 19 del Art. 37 de la Constitución de la República. VISTO: El contrato de venta suscrito en fecha 13 de diciembre del 1995, y su adendun de fecha 23 de octubre del 2003, entre el Estado dominicano y el señor JULIO ASDRUBAL MATOS PUJOLS. RESUELVE UNICO: APROBAR el contrato de venta suscrito en fecha13 de diciembre de 1995, entre el Estado dominicano, representado en este acto por el Administrador General de Bienes Nacionales, señor CARLOS ELIGIO LINARES TEJEDA, de una parte; y de la otra parte, los señores ANGELA CRUZ Y/O JULIO ASDRUBAL MATOS PUJOLS, por medio del cual el primero traspasa a los segundos, a título de venta, el apartamento marcado con el No. 408, correspondiente al edificio No. 34, construido de blocks y concreto, ubicado en el proyecto de Habitacional “Prolongación Avenida México”, de esta ciudad, valorado en la suma de RD$122,836.00 (CIENTO VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS ORO), y su adendun de fecha 23 de octubre del 2003, suscrito entre el Estado dominicano, representado por el señor Bienvenido Brito, y el señor Julio Asdrúbal Matos Pujols, representado por la señora Martina Vianela Guerrero, por medio del cual se corrige el error cometido en el contrato de referencia en el sentido de que el único comprador es Julio Asdrúbal Matos Pujols, que copiados a la letra dicen así:

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona