Texto recortado: el documento completo está en el original.
Mostrar el texto (59,858 caracteres)
Res. No. 322-09 que aprueba el Contrato de Financiam iento suscrito entre el Estado
dominicano y el Banco Nacional de Desarrollo Econ6mico y Social (BNDES), de
Brasil, por un monto de 175$48,743,918.40, para ser destinado al Proyecto Corredor
Vial Duarte.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nom bre de Ia Repûblica
Res. No. 322-09
VISTO S: Los lnoisos 14 y 19 de1 Artioulo 37, de la Constituoiôn de la Replkblioa.
VISTO: E1 Contrato de Finanoiamiento, de feoha 24 de junio de 2009, susorito entre la
Replkblioa Dominioana y el Banoo Naoional de Desarrollo Eoonômioo y Sooial (BNDES)
de Brasil, por un valor total de hasta 175$48,743,91 8.40 (ouarenta y ooho millones
seteoientos ouarenta y tres m i1 noveoientos dieoiooho dôlares estadounidenses oon ouarenta
oentavos), destinados a la etapa de1 Proyeoto Corredor Vial Duarte.
R E S U E L V E:
I'IJNICO: APROBAR el Contrato de Finanoiamiento, por un valor total de hasta
175$48,743,91 8.40 (ouarenta y ooho millones seteoientos ouarenta y tres mi1 noveoientos
dieoiooho dôlares estadounidenses oon ouarenta oentavos), susorito el 24 de junio de 2009,
entre la Repflblica Dominicana, representada por el seiïor Vicente Bengoa Albizu,
Seoretario de Estado de Haoienda y el Banco Nacional de Desarrollo Econ6m ico y Social
(BNDES), empresa plkblioa federal brasileiïa, destinados a la etapa de1 Proyeoto Corredor
Vial Duarte, que oopiado a la letra dioe asi:
.-'.>
JL'-
k7rmto hf'' '
Ie- f-
e
e&
u&ùM * kqœbvinkatu
P. E. No. 103-09
PODER ESPECIAL AL SECRETARIO DE ESTADO DE
OBRAS PCBLICAS Y COMUNICACIONES (SEOPC)
En ejereieio de 1% atribueiones que me eonfiere el Artieulo 55 de la Constitueiôn de la
Repflbliea y de eonformidad eon las disposieiones de la Ley No. 1486 del 20 de marzo del
l 938 sobre la Representaciôn del Estado en los Ados Juridieos por el presente
doeumento, otorgo PODER ESPECIAL al SECRETARIO DE ESTADO DE OBRAS
PUBLICAS Y COMUNICACIONES (SEOPC) para que, a nombre y en representaciôn
del Estado dominieano suscriba un eontrato de administraeiôn de obras pflblieas eon el
CONSORCIO CORREDOR DUARTE ereado de eonformidad eon la Ley No. 322 del
2 de jtmio del l98 l integrado por 1% empresas CONSTRUCTORA NORBERTO
ODEBRECHT S. A. representada por el lng. Mareos De Cerqueira Lima Maehado e
INGENIERIA ESTRELLA S. A. representada por el INCJ. Manuel De Jesfls Estrella
Cruz, para la realizaeiôn de la lngeniera de Detalle y eonstnleciôn de las obras que se
indiean a eontinuaciôn:
El Ariadueto sobre la Jtvenida Rlonunaental en la interseeeiôn eon la Jtutopista
Duade,
(11) El Viadudo sobre la Carretera Manoguayabo en la interseeeiôn eon la Autopista
Duarte,
(111) El Viadudo sobre la Avenida Nftfiez de Câceres ubieado en la interseeciôn de las
Avenidas Nftfiez de Câceres y John F Kennedy,
(lV) El Viadudo sobre la Avenida Dr. Fernando Artaro Defillô ubieado en la
interseeeiôn de las Avenidas Dr. Fernando Arturo Defillô y la John F Kennedy,
El Viadudo y Tfmel ubieados en la interseeeiôn de la Avenida 27 de Febrero eon la
ealle José Ortega y Classet, y
(kr1) El Viadudo de la Avenida Charles de Claulle sobre la Autopista de San lsidro.
E1 Estado dominioano pagaré por la lngenieria de Detalle y la oonstruooiôn de diohas obras,
un monto de ciento sesenta y tres m illones ochocientos noventa m iI quinientos cuarenta
y un d6lares de Ios Estados Unidos de América con 53/100 (175$163,890,541.53), para
lo oual se le haré entrega, oomo avanoe inioial, de la suma de treinta y dos m illones
setecientos setenta y ocho m iI quinientos cuarenta y un D6lares de Ios Estados Unidos
de América con 31/100 (175$32,778,541.31) equivalentes al (20%) de1 valor total
oontratado', estos trabajos serén ejeoutados en un plazo de treinta (30) meses, oontados a
partir de la feoha de inioio de 1as obras.
DADO en la oiudad de Santo Domingo de Guzmén Distrito Naoional, oapital de la
Replkblioa Dominioana, a 1os seis (6) dias de1 mes de mayo de1 aiïo dos mi1 nueve (2009).
DIOS, PATRIA Y LIBERTAD
Leonel Fernândez
.-'.>
JL'-
k7rmto hf'' '
Ie- f-
e
e&
u&ùM * kqœbvinkatu
P.E. No. : 147-09
PODER ESPECIAL AL SECRETARIO DE ESTADO
DE HACIENDA
En virtud de las atribuciones que me eonfiere el Artieulo 55 de la Constitueiôn de la
Repflbliea y de eonformidad eon las disposieiones de la Ley No. l 486 del 20 de marzo del
l 938 sobre la Representaciôn del Estado en los Ados Juridieos por el presente
doeumento otorgo Poder Especial al Seeretario de Estado de Haeiendap para que en
nombre y representaeiôn del Estado dominieano suseriba eon el Baneo Naeional de
Desenvolvimiento Eeonômieo y Social de Brasil (BNDES) un Contrato de Finaneiamiento
por un monto de euarenta y oeho millones seteeientos euarenta y tres mil noveeientos
dieeioeho dôlares de los Estados Unidos de Amériea eon 40/100 ((75$48 743 918.40) para
eubrir 1% exportaciones brasilefias destinadas al Proyedo Corredor Duarte el eual serâ
ejeeutado por la Seeretaria de Estado de Obras Pflblieas y Comunieaeiones.
Dado en Santo Domingo de Cluzl'nân Distrito Naeional eapital de la Repflbliea
Dominieana a los dieeisiete (17) dias del mes de septiembre del afio dos mil nueve (2009).
DIOS, PATRIA Y LIBERTAD
Leonel Fernândez
CONTIU TO PAIu EL DISESO Y CONSTRUCCIIW DEL PROYECTO
CORREDOR DUARTE
entre
EL ESTADO DOM INICANO
Aotuando a través de la Seoretaria de Estado de Obras Plkblioas y Comunioaoiones
(SEOPC)
CONSORCIO CORREDOR DUARTE
28 de abril de 2009
CONTIU TO PAIu EL DISESO Y CONSTRUCCIIW DEL PROYECTO
CORREDOR DUARTE
De una parte EL ESTADO DOM INICANO debidamente representado por el Ing. Victor
Diaz Rua, dominioano, mayor de edad, oasado, portador de la Cédula de ldentidad y
Eleotoral No. [cédula], domioiliado y residente en [domicilio omitido] quien para 1os fines de1 presente dooumento se enouentra
debidamente autorizado por el Exoelentisim o Seiïor Presidente de la Replkblioa, Dr. Leonel
Fernândez Reyna, de aouerdo al poder otorgado a tales fines quien para 1os fines de1
presente Contrato se denominaré el ESTADO o la SEOPC indistintamente, y
De la otra parte el CONSORCIO CORREDOR DUARTE, oreado de oonfonnidad oon
1as disposioiones estableoidas en la Ley 322 de feoha 2 de junio de 1981, oonstituido por
CONSTRUCTOILA NOBERTO ODEBRECHT, S. A., sooiedad oomeroial oonstituida y
organizada de oonfonnidad oon 1as leyes de la Replkblioa Federativa de Brasil, oon
domioilio sooial y ofioinas prinoipales en Praia de Botafogo 300, 8vo Piso, Rio de Janeiro,
Brasil, y en la Replkblioa Dominioana en la oalle Pedro Henriquez Ureiïa No. l 52, Torre
Diandy XIX, Ootavo Piso, Ensanohe La Esperilla, Santo Domingo, debidamente
representada por el Ing. M arcos de Cerqueira Lim a M achado, brasileno, mayor de edad,
oasado, portador de1 Pasaporte Brasileno No. [omitido], dom ioiliado en la oiudad de
Santo Dom ingo, Replkblioa Dominioana y por INGENIERIA ESTRELLA, S. A.,
sooiedad oom eroial organizada y existente de oonfonnidad oon 1as leyes de la Replkblioa
Dom inioana, oon su domioilio sooial en la Calle Autopista Duarte, Km 13.5, en la oiudad de
Santiago de 1os Caballeros, Replkblioa Dominioana, debidamente representada por el Ing.
M anuel de Jesfls Estrella Cruz, dominioano, mayor de edad, oasado, ingeniero oivil,
portador de la Cédula de ldentidad y Eleotoral No. [cédula], oon dom ioilio en
Santiago, Replkblioa Dominioana y aooidentalm ente en la oiudad de Santo Domingo,
entidad que para 1os fines de1 presente Contrato se denom inaré EL CONSORCIO .
Cuando el ESTADO o la SEOPC y EL CONSORCIO fueren designados oonjuntamente
se le denominaré 1as Partes.
PREAM BULO
POR CUANTO : La Ley 340-06, de Compras y Contrataoiones de Bienes, Servioios, Obras
y Conoepoiones, en su Artioulo 16 estableoe que dentro de 1os prooedimientos de seleooiôn
a 1os que se sujetarén 1as oompras y oontrataoiones, se enouentra la modalidad de lioitaoiôn
plkblioa, para lo oual la SEOPC oonvooô una lioitaoiôn plkblioa para la lioitaoiôn de1
Proyeoto Corredor Duarte.
POR CUANTO: En base a lo anterior, en feoha dooe (12) de febrero de1 aiïo 2009, la
SEOPC oonvooô a partioipar en la lioitaoiôn plkblioa para la oonstruooiôn de1 Corredor
Duarte maroada SEOPC No. 03-2009 m ediante aviso de oonvooatoria publioada en 1os
periôdioos Hoy y E1 Caribe y en el portal web de la Direooiôn General de Contrataoiones
Plkblioas, en feohas onoe (1 1) y dooe (1 2) de febrero de1 aiïo 2009, respeotivamente.
POR CUANTO: En feoha dooe (12) de febrero de1 aiïo 2009, se prooediô oon la entrega, a
1as personas o empresas interesadas en partioipar en la lioitaoiôn de 1os Pliegos de
Condioiones Espeoifioas para la lioitaoiôn de1 diseiïo y oonstruooiôn de1 Corredor Duarte,
1os ouales oonjuntamente oon el Pliego de Condioiones Generales, forman parte integral de1
presente Contrato.
POR CUANTO: En feoha veintiséis (26) de febrero de1 aiïo 2009, se prooediô a la
reoepoiôn y apertura de1 Sobre de Preoalifioaoiôn referente a la Fase 1, en presenoia de1
Notario Plkblioo, Dr. Conrado Pittaluga Nivar, Abogado Notario Plkblioo, instrumentando
para tales fines el Aota Auténtioa No. 03 de esa misma feoha.
POR CUANTO: Los dooumentos de preoalifioaoiôn de 1os proponentes fueron sometidos
al prooeso de validaoiôn y evaluaoiôn de sus dooum entos, por parte de la oom isiôn
evaluadora designada para tales fines por la SEOPC, oomo requisito previo para la entrega
de 1os Sobres A y B de la Fase 11 de la Lioitaoiôn Plkblioa.
POR CUANTO: En feoha ouatro (04) de marzo de1 aiïo 2009, la SEOPC publioô el aviso
oontentivo de todas 1as empresas preoalifioadas para oontinuar oon la Fase 11 de la
Lioitaoiôn. Asimism o, la SEOPC informô la feoha de entrega de 1os Sobres A y B de la
Fase 11, pautada para el veintiuno (21) de abril de1 aiïo 2009, oonforme el Cronograma de
Lioitaoiôn.
POR CUANTO: En feoha veintiuno (21) de abril de1 aiïo 2009, se prooediô la reoepoiôn y
apertura de 1os Sobres A y B de la Fase 11 de la Lioitaoiôn Plkblioa de Preoalifioaoiôn, en
presenoia de1 Notario Plkblioo, Dr. Conrado Pittaluga Nivar, Abogado Notario Plkblioo,
instrumentando para tales fines el Aota Auténtioa No. 09 de esa misma feoha.
POR CUANTO : Las ofertas de 1os proponentes fueron som etidas al prooeso de validaoiôn
y evaluaoiôn de sus propuestas por parte de la oomisiôn evaluadora designada para tales
fines por la SEOPC (1a Comisiôn Evaluadora).
POR CUANTO: Después de haber sido oompletadas 1as evaluaoiones oo Sobres A
(Téonioa) y 1os Sobres B (Eoonômioa) de todas 1as ofertas presentadas y en base al informe
presentada por dioha Comisiôn Evaluadora, la SEOPC en feoha veintiouatro (24) de abril
de 2009 adjudioô a EL CONSORCIO el oontrato para la ejeouoiôn de 1as obras de1
Corredor Duarte, ta1 oomo lo estableoe el aoto administrativo de adjudioaoiôn nlkmero
03 CD/LP SEOPC 03-2009 emitido por el Presidente de1 Comité de Lioitaoiones, oon el
visto bueno de1 Seoretario de Obras Plkblioas y Comunioaoiones (SEOPC).
POR CUANTO : En oumplim iento de lo estableoido en el Artioulo 30 de la Ley 340-06
sobre Compras y Contrataoiones de Bienes, Servioios, Obras y Conoesiones y el Artioulo
l08 de1 Reglamento No. 490-07, EL CONSORCIO oontratarâ 1as fianzas, garantias y que
se estableoen més adelante en el Artioulo 9.
POR LO TANTO y en el entendido de que el anterior preémbulo forma parte integral de1
presente Contrato, 1as Partes han oonvenido lo siguiente.
ARTiCULO 1 DEFINICIONES Y REGLAS DE INTERPRETACIIW
A 1os efeotos de este Contrato, 1as palabras que se inioian oon letra maylksoula y que se
oitan a oontinuaoiôn, tienen el siguiente signifioado a saber.
Acta de Inicio de Ias Obras: signifioa el aota a ser firmada por 1as Partes para inioio de 1os
trabajos objeto de este Contrato.
Anâlisis de Precio Unitarios: signifioa el estudio y ponderaoiôn de 1as partidas, oostos,
faotores, bases, detalles, variables, oriterios y demé.s elementos oonsiderados para la
determinaoiôn de 1os preoios unitarios de1 presente Contrato, oonforme se detallan en el
Anexo 11.
Anticipo: tiene el signifioado asignado en el Artioulo 6. l (a).
Xrea de Trabajo: signifioa todas 1as éreas neoesarias para ejeouoiôn de 1as obras
provisorias y o definitivas de1 Proyeoto.
Certificado de Recepci6n de O bra: signifioa el oertifioado susorito por 1as Partes a 1os
fines de dar oonstanoia de la reoepoiôn de obra.
Certificado de Recepci6n Parcial de Obra: signifioa el oertifioado susorito por 1as Partes
a 1os fines de dar oonstanoia de la reoepoiôn paroial de obra.
Contrato: signifioa el presente Contrato y sus anexos, 1os ouales forman parte integra de1
mismo.
Consorcio: tiene el signifioado asignado en el preémbulo.
Costos de Indirecto de Obra: signifioa la sumatoria de todos 1os oostos indireotos fijos y
oasos indireotos variables que por su naturaleza intrinseoa son aplioables y neoesarios para
la administraoiôn de obra, ouyo monto y oomponentes se enouentran detallados bajo el
Anexo 1 de1 presente Contrato.
Costos de Transacci6n: signifioa a 1as partidas bajo la responsabilidad de la SEOPC
oon-espondientes a expropiaoiones, supervisiôn, unidad ejeoutora y remooiôn o reubioaoiôn
de 1as utilidades plkblioas, ouyos montos estim ados apareoen en el Anexo 1.
Cronograma de Desembolso: signifioa el oalendario oontentivo de 1as feohas en 1as ouales
habrén de realizarse 1os desembolsos para el pago de 1as Obras oonforme el Programa
Trabajo Anexo 1 de1 Contrato.
Diseiio Bâsico: signifioa el diseiïo presentado en la Oferta Téonioa de EL CONSO RCIO,
oonfeooionado en base al Diseiïo Funoional.
Diseiio Funcional: signifioa el diseiïo suministrado por la SEOPC en el Pliego de
Condioiones Espeoifioas a 1os fines de la oonfeooiôn de1 Diseiïo Bésioo.
Entidad Supemrisora: signifioa aquella entidad designada por la SEOPC para la
supervisiôn y fisoalizaoiôn de1 Proyeoto, oonform e indioado en el Artioulo l 8.
Equilibrio Econ6m ico: tiene el signifioado asignado en el Artioulo l9.
Fecha de Inicio de Ias O bras: tiene el signifioado asignado en el Artioulo 8.
Financiamiento deI Proyecto: signifioa 1os reoursos finanoieros sufioientes para oubrir el
M onto de1 Contrato, 1os ouales seré.n obtenidos ante instituoiones finanoieras
internaoionales pertinentes a manera de préstamo direoto, préstam o sindioado, préstamo
puente o oualquier alternativa de finanoiamiento disponible para la ejeouoiôn sin
interrupoiones de1 Proyeoto.
Fuerza Mayor: tiene el signifioado asignado bajo el Artioulo l 4.
Ingenieria de Detalle: signifioa el diseiïo ejeoutivo a ser preparado por EL CONSORCIO
oon base en el Diseiïo Funoional, y después de ejeoutados 1os estudios previos al inioio de
la obra oomo prospeooiones geolôgioas, topografia, ensayos geolôgioos y geotéonioos,
oonteos de tréfioo si neoesario, entre otros, para oonfirmaoiôn de1 oonoepto y geometria de1
Diseiïo Funoional de1 Pliego de Condioiones Espeoifioas y oonfirmar el Diseiïo Bésioo
entregue en la propuesta.
M onto deI Contrato: tiene el signifioado asignado en el Artioulo 5.
Obras: tiene el signifioado asignado en el Artioulo 3.
Plazo Contractual: tiene el signifioado asignado en el Artioulo 4. l .
Programa de Trabajo: signifioa el programa de trabajo de 1as obras de1 oorredor Duarte
entregado por EL CONSORCIO en su propuesta oonforme detallado en el Anexo 1 de1
presente Contrato.
Propuesta: signifioa la propuesta presentada por EL CONSORCIO que resultô
adjudioataria de1 presente Contrato para la ejeouoiôn de1 Proyeoto Duarte oonforme se
reooge en el Aoto Administrativo de Adjudioaoiôn nlkmero 03 CD/LP SEOPC 03 2009,
em itido por el presidente de1 Comité de Lioitaoiones, oon el visto bueno de1 Seoretario de
Obras Plkblioas y Comunioaoiones (SEOPC), la oual apareoe detallada oomo Anexo 1 de1
presente Contrato y que forma parte integral de1 mism o.
Proyecto: signifioa el oonjunto de diseiïos y obras requeridos para la realizaoiôn de la
infraestruotura vial que form a parte de1 Corredor Duarte, oonforme detallado en el Pliego
de Condioiones Espeoifioas.
l . l Reglas de lnterpretaoiôn:
(a)
1as palabras que indioan el singular inoluyen el plural, y vioeversa', 1as palabras que
indioan pelsonas inoluyen oorporaoiones, sooiedades y otras personas juridioas, y 1as
referenoias a una persona inoluyen a sus suoesores y oesionarios autorizados',
(b) oualquier referenoia a un Artioulo, Seooiôn o Anexo espeoifioo seré interpretada
oomo referenoia a dioho Artioulo, Seooiôn o Anexo de1 presente Contrato',
(o)
oualquier referenoia al presente Contrato o a oualquier otro aouerdo o dooumento
seré interpretada oomo referenoia al presente Contrato o aquel otro aouerdo o dooumento
inoluyendo oualquier enmienda, modifioaoiôn, sustituoiôn o oesiôn, de oonfonnidad oon sus
términos;
(d) 1os enoabezados de 1os Artioulos y 1as Seooiones se inoluyen para fines de
oonvenienoia y referenoia fmioam ente y no deben afeotar la intemretaoiôn de1 presente
Contrato, y
(e)
Las palabras esorito y por esorito inoluyen oualquier forma visible de reproduooiôn.
l.2 Térm inos Téonioos.
Los términos utilizados en este Contrato, que no fueren definidos en el mismo, pero que
tienen signifioados oomfmmente entendidos ouando son utilizados en la oonstruooiôn de
obras de la misma naturaleza que 1as obras a la que se refiere el presente Contrato, esto es
términos utilizados en la industria de la oonstruooiôn de viaduotos, puentes, elevados
tfmeles en autopistas, avenidas y oalles, tendrén 1os signifioados oomfmmente aoeptados en
diohas industrias.
l .3. ldioma.
E1 presente Contrato ha sido redaotado en espaiïol, idioma aplioable para todos 1os asuntos
relaoionados oon el signifioado e interpretaoiôn de 1os términos y oondioiones de1 mismo.
ARTiCULOZ.DOCUMENTOSDEL CONTRATO
Las Partes aouerdan que 1os dooumentos que se listan a oontinuaoiôn oonstituyen el
oonjunto de disposioiones que regularén 1as relaoiones entre 1as Partes durante la ejeouoiôn
de1 Contrato y que por lo tanto, son inoom orados oomo anexo al mismo. Todos 1os
dooumentos de1 Proyeoto han de ser tom ados oomo reoiprooamente explioativos unos de
otros y si hubiere alguna ambigûedad o oontradiooiôn entre diohos dooumentos, se tomaré
oomo prioridad 1os dooumentos en el orden siguiente:
a)
E1 presente Contrato, oonforme pudiere ser enmendado de tiempo en tiempo
mediante 1as enmiendas o adendas y demés dooumentos que sean susoritos entre 1as Partes
de oomfm aouerdo en relaoiôn oon el presente Contrato.
b)
Los Anexos de1 presente Contrato:
Anexo 1
Propuesta de EL CONSORCIO
Presupuesto de preoio, planilla de oantidades y preoios unitarios
Condioiones Complem entarias
Diseiïo Bésioo
Programa de Trabajo
Cronograma de Desembolso
Anexo 11 - Anélisis de 1os Preoios Unitarios
Anexo 111- Criterio de M edioiôn y Pago
Anexo 1V- Pliegos de Condioiones Generales y Pliegos de Condioiones
Espeoifioas
ARTiCULO 3 OBJETO DEL CONTIU TO
E1 presente Contrato tiene por objeto la oontrataoiôn, por parte de la SEOPC de 1os
senzioios de EL CONSORCIO, para la realizaoiôn de la lngenieria de Detalle y la
oonstruooiôn de 1as obras que se desoriben a oontinuaoiôn (ooleotivamente 1as Obras) a
saber (i) el viaduoto sobre la Ave. Monumental en la interseooiôn oon la Autopista Duarte,
(ii) el viaduoto sobre la Carretera Manoguayabo en la interseooiôn oon la Autopista Duarte,
iii) el viaduoto sobre de la Ave. Nlkiïez de Céoeres ubioado en la interseooiôn de 1as
Avenidas Nlkiïez de Céoeres y John F. Kennedy, (iv) el viaduoto sobre la Ave. Dr. Fernando
Arturo Defillô ubioado en la interseooiôn de 1as Avenidas Dr. Fernando Arturo Defillô y la
Ave. John F. Kennedy', (v) el viaduoto y el tfmel ubioados en la intelseooiôn de la Ave. 27
de Febrero oon la oalle José Ortega y Gasset, oonstruooiôn de1 viaduoto de la Ave. Charles
de Gaulle sobre la Autopista de San lsidro.
EL CONSORCIO se obliga a ejeoutar 1as Obras atendiendo a 1os planos y
espeoifioaoiones téonioas, lngenieria de Detalle y el Programa de Trabajo, ouyos
dooumentos form an parte integral y vinoulante de1 presente Contrato.
Las Partes aouerdan que el aloanoe previsto en el Contrato estaré sujeto a 1as adeouaoiones
que 1as Partes oonsideren oportunas, sobre la base de 1as oantidades revisadas luego de la
oonolusiôn de la lngenieria de Detalle, asi oomo durante disousiôn de 1as Obras, oon base
en 1as oantidades reales ejeoutadas en funoiôn de 1os imprevistos que pudieren presentarse.
ARTiCULO 4 PLAZO DE EJECUCIIW Y PRGRROGA DEL CONTIU TO
4. l Plazo de Ejeouoiôn: Para la ejeouoiôn de1 presente Contrato 1as Partes han
estableoido un plazo de treinta (30) meses, oontado a partir de la Feoha de inioio de 1as
Obras oonforme estableoido en el Artioulo 8.2 (e1 Plazo Contraotual). Conforme el
Programa de Trabajo queda olaramente estableoido entre 1as Partes que este plazo
Contraotual ha sido fijado tomando en oonsideraoiôn una ejeouoiôn de 1as Obras de manera
oontinua y sin interrupoiones, teniendo lugar una m ovilizaoiôn en la Feoha de lnioio de 1as
Obras y una desmovilizaoiôn al término de 1os treinta (30) meses de la Feoha de lnioio de
1as Obras.
4.2
EL CONSORCIO no serâ responsable por el retraso en la ejeouoiôn de 1as Obras
debido a deoisiones de la SEO PC que afeoten el avanoe de 1as Obras oonform e el Programa
de Trabajo o debido a aotos de teroeros, exoepto suboontratistas. En el oaso de que el
retraso ooasionado por deoisiones de la SEOPC implique inourrir en oostos adioionales y o
extensiôn de plazo para EL CO NSORCIO, éste someteré por esorito a la SEOPC el
anélisis oon el soporte y justifioaoiôn de 1os oostos y o plazos adioionales, para fines de
revisiôn y aprobaoiôn. La SEOPC dispondré de un plazo de quinoe (1 5) dias oalendario a
partir de la feoha de presentaoiôn para revisiôn y aprobaoiôn de1 plazo y o pago.
4.3 Sin perjuioio de lo dispuesto en 1os Artioulos 4. l y 4.2, la SEOPC reoonooe y
aoepta que EL CO NSORCIO podrâ prorrogar 1os plazos aoordados para 1as etapas de
ejeouoiôn de1 presente Contrato en 1os oasos siguientes:
Fuerza M ayor;
(b) Oourrenoia de un Aoonteoimiento Politioo que impida a EL CONSORCIO
ejeoutar sus obligaoiones en la forma y en 1os plazos pautados bajo este
Contrato o alteren el émbito de 1os selvioios objeto de1 mismo.
M utuo aouerdo de 1as Partes, oonforme dooumento que sea susorito por 1os
representantes de ambas PARTES y anexado al presente Contrato.
Oourrenoia de eventos imprevisibles de indole geolôgioo, hidrolôgioo y
topogréfioo que impliquen un atraso en el Programa de Trabajo.
La no entrega de1 oien por oiento (100%) de 1os inmuebles, terrenos y éreas
neoesarias para la ejeouoiôn de 1as Obras.
Suspensiôn total o paroial de1 Contrato por una oausa imputable a EL
ESTADO.
M odifioaoiôn de 1os servioios indioados en el Artioulo 3 de este Contrato.
(h) Cambios en la Metodologia oonstruotiva o en el Programa de Trabajo.
(i) Oourrenoia de eventos imprevistos oon respeoto a la explotaoiôn y extraooiôn
de materiales destinados para la oonstruooiôn de 1as Obras.
U) Cualquiera de 1os eventos previstos en este Contrato o en la 1ey que den lugar
a la invooaoiôn de1 presente artioulo, y
(k) Limitaoiones presupuestales impuestas por EL ESTADO para la realizaoiôn
de 1os desembolsos de fondos o para la oontrataoiôn de1 Finanoiamiento que
afeoten de1 pago de 1as Cubioaoiones M ensuales de Obra.
En oaso de que EL CONSORCIO deoida ejeroer el dereoho a prorrogar el plazo de1
Contrato EL CONSORCIO notifioarâ a la SEOPC sus motivaoiones, justifioando oon
infonnaoiones y dooumentos, 1os oostos adioionales y el plazo propuesto por EL
CONSORCIO para lo oual LA SEOPC tendré un plazo de quine (1 5) dias oalendarios
para presentar su respuesta sobre el partioular. Como m aroo de referenoia 1as Partes
aouerdan que la prôrroga que aoordada deberé extenderse hasta y en la medida en que
pueda ser rem ediada la oausa que diô lugar al retraso y sus oonseouenoias.
La SEOPC pondré denegar el otorgam iento de 1os oostos adioionales y la prôrroga
notifioada por EL CONSORCIO, siempre y ouando existan oausas razonables y
justifioadas para ta1 denegaoiôn. Si después de quinoe (1 5) dias oalendarios de haber
reoibido la notifioaoiôn de la prôrroga la SEOPC no objeta por esorito el oontenido de la
notifioaoiôn indioando 1as razones que fundam entan su deoisiôn , la m isma se oonsideraré
aoeptada.
ARTicULo5 MoxTo DEL coxTuaTo
E1 monto de1 Contrato asoiende a la suma de Ciento Sesenta y Tres M illones, Oohooientos
Noventa Mi1 Quinientos Cuarenta y Un Dôlares de Estados Unidos de Amérioa oon 53 l00
(175$163,890,541.53) (e1 Monto de1 Contrato) oonforme se detalla a oontinuaoiôn:
DESCRIPCION
PRECIO TOTAL
(US$)
VALOR TOTAL DE LA CONSTRUCCION Y GASTOS GENENAT.ES
1M ,304,906.25
VALOR DE CONSTRUCCION
124,536,885,66
CJASTOS CJENEM LES
28,768,020.59
COSTOS DE TRANSACION DEL GOBIERNO
10,585,*5.28
EXPROPIACIONES
3,736,106.57
REUBICACION DE UTILIDADES
1,245,368.86
SUPERVISORES Su elarisiôn Privada Unidad E'eeutora SEOPC
5,604,159.85
VALOR TOTAL DE LA OFERTA
1* ,890,541.53
La SEOPC pagarâ a EL CONSORCIO por la ejeouoiôn de la lngenieria de Detalle,
suministro materiales y ejeouoiôn de 1as Obras objeto de1 Contrato 1as sumas que sean total
de 1as oantidades de trabajo efeotivamente ejeoutadas multiplioadas por 1os preoios unitarios
estableoidos en la Planilla de Cantidades y Preoios Unitarios (Formulario No. 8 A) de1
Anexo 1 de1 Contrato. E1 monto final de1 Contrato podré sufrir variaoiones en funoiôn de 1as
oantidades efeotivamente ejeoutadas en el transourso de la Obra.
Los pagos serén realizados m ensualm ente en Dôlares de 1os Estados Unidos de Am érioa
direotamente a EL CONSORCIO oon previa autorizaoiôn de la faotura oon-espondiente
por parte de la SEOPC. En ese sentido la SEOPC se oompromete a oumplir oon 1os pagos
mensuales de aouerdo al Cronogram a de Desembolso que figura en el Anexo 1, a ouyos
fines habré de asignar 1os montos anuales y partidas presupuestarias oon-espondientes en el
presupuesto anual de1 ESTADO DOM INICANO.
Las partidas oon-espondientes a 1as expropiaoiones de 1os terrenos neoesarios para la
ejeouoiôn de 1as Obras, pago de la supervisiôn, unidad ejeoutora y oosto de reubioaoiôn de
1os servioios plkblioos estarén bajo la responsabilidad exolusiva de la SEOPC, a ouyos fines
LA SEOPC ponderaré, evaluaré y definiré 1os m ontos a pagar por diohos oonoeptos, 1as
ouales han sido estim adas en el M onto de1 Contrato, oon base a lo previsto en el Pliego de
Condioiones Espeoifioas y que EL CONSORCIO oolooa a disposioiôn de LA SEOPC
para que prooeda a 1os pagos oon-espondientes direotamente. EL CONSORCIO no podré
asumir ninguna responsabilidad por la ejeouoiôn de 1as tareas o aotividades relaoionadas a
diohas partidas, tampooo podré ser responsabilidades de EL CONSORCIO oualquier
variaoiôn de oosto que pudiera oourrir en diohas partidas.
ytltTictlt,o 6 Fom u DE PAGO
Los pagos se harén de la siguiente m anera'.
a) Un primer pago o Antioipo equivalente al veinte por oiento (20%) de1 Monto
de1 Contrato, ouya suma asoiende al valor Treinta y Dos M illones Seteoientos
Setenta y Ooho Mi1 Quinientos Cuarenta y Un Dôlares de Estados Unidos de
Amérioa oon 31 l00 (175$32,778,541.31), y
Pagos mensuales y subseouentes equivalentes a 1as sum as indioadas en 1as
Cubioaoiones M ensuales de Avanoe de Obra.
6.2
Los pagos oon-espondientes a 1as Cubioaoiones M ensuales de Avanoe de Obra se
harén de aouerdo al Criterio de Medioiôn y Pago (Anexo 111) y al total de 1as oantidades de
trabajo efeotivamente ejeoutadas en el referido mes multiplioadas por 1os preoios unitarios
estableoidos en la Planilla de Cantidades y Preoios Unitarios (Formulario No.8 A) Anexo 1
de1 Contrato. Los preoios unitarios deberén ser reajustados mensualmente oonforme la
fôrmula de reajuste en el Artioulo 7.
6.3
Hasta el quinto dia laborable de1 mes, LA SEOPC reoibiré de LA ENTIDAD
SUPERVISOIU 1as Cubioaoiones Mensuales de Avanoe de Obra efeotivamente ejeoutada
hasta el lkltim o dia de1 mes anterior por EL CONSORCIO seglkn el total de 1as oantidades
de trabajo efeotivamente ejeoutadas, multiplioadas por 1os preoios unitarios estableoidos en
la Planilla de Cantidades y Preoios Unitarios (Formulario No.8 A) Anexo 1 de1 Contrato.
Diohas Cubioaoiones M ensuales de Avanoe de Obra deberén oontar oon la revisiôn y
aprobaoiôn previa de LA ENTIDAD SUPERVISOIU y se le anexaré la faotura
oon-espondiente em itida por EL CONSORCIO . Diohos dooumentos serén aprobados u
observados por la SEOPC dentro de quinoe (1 5) dias oalendarios siguientes a la
presentaoiôn de 1as mismas, siendo la faotura pagada direotamente a EL CONSORCIO
dentro de 1os diez (10) dias oalendarios siguientes a su aprobaoiôn.
6.4
Devoluoiôn de1 Antioipo: La devoluoiôn de1 Antioipo se haré m ediante la reduooiôn
de 1as Cubioaoiones Mensuales de Avanoe de Obra en el mismo poroentaje de1 Antioipo, es
deoir en un veinte por oiento (208,9.
6.5 Variaoiones y (Vdenes de Cambio: Las Partes aouerdan que podrén oubioarse obras
adioionales elaboradas oomo ôrdenes o Variaoiones, y serén pagadas en la medida en que
sean ejeoutadas, previo aouerdo de 1os preoios unitarios y oantidades entre 1as Partes. En
oaso de Obras Adioionales, éstas serén regidas y pagadas de oonfonnidad oon 1as
oondioiones estableoidas bajo este Contrato, a menos que sea aoordado oondioiones de
ejeouoiôn y pago diferentes de mutuo aouerdo entre 1as Partes.
6.6
Forma de Pago: A efeotos de1 pago de1 Antioipo de 1as Cubioaoiones M ensuales de
Avanoe de Obra y de la Liquidaoiôn Definitiva 1os importes aprobados serén pagados en
Dôlares de 1os Estados Unidos de Amérioa. Las Partes aouerdan que 1as entidades
finanoieras que otorguen el Finanoiamiento pagarén direotamente a EL CONSORCIO una
vez que la SEOPC haya aprobado 1as faoturas dentro de 1os plazos indioados para diohos
fines.
ytltTictlt,o 7 REAJIJSTE DE PltEclos
Los preoios unitarios de este Contrato presentados en la Planilla de Cantidades y
Preoios Unitarios (Formulario No.8 A) Anexo 1 de1 Contrato, son referidos al mes de Abril
de 2009, y oonsideran 1os preoios de mano de obra, m ateriales, equipos y otros oonoeptos
(legislaoiôn, oargas sooiales, inoidenoia de oostos looales, eto.) vigentes en dioha feoha y
estarén sujetos a reajustes mensuales de aouerdo a 1os oriterios que se desoriben més
adelante.
7.2
Las variaoiones de todos 1os pagos, serén oalouladas mensualmente para todas 1as
partidas de la Planilla de Cantidades y Preoios Unitarios y serén valederas durante toda la
ejeouoiôn de 1as Obras y obedeoerén a la fôrmula de reajuste desorita a oontinuaoiôn:
Fr = CP1
CP1
En donde:
CP1 = Consumer Price Inclex (lndioe de Preoios al Consumidor de 1os Estados Unidos de
Amérioa) publioado por el US Department of Labor - Bureau of Labor Statistios en el site
de internet http: wavw.bls.gov sohedule arohives op1 nnhtm .
CP1n es el indioe de referenoia de1 CP1 vigentes al mes anterior al mes de pago de la
oertifioaoiôn (indioes aotuales).
CP1o es el indioe de referenoia de1 CP1 vigente al m es anterior a la feoha de presentaoiôn
de la Planilla de Preoios.
7.3. Queda estableoido que el reajuste de preoios oaloulado de aouerdo al item anterior,
debe reflejar 1os inorementos reales de 1os oostos o oualquier pérdida por variaoiôn de
oostos y o gastos finanoiero originado por oambios dentro de1 pais hasta la efeotiva
oanoelaoiôn de 1as obligaoiones, de m anera que EL CONSORCIO quede equitativamente
oompensado por oualquier variaoiôn en 1os oostos de la Obra. En oaso EL CONSO RCIO
se vea obligado a inounir en algfm tipo de estos oostos, gastos y o pérdida oambiaria que no
sean oubiertos por el menoionado reajuste indioado, EL CONSORCIO presentaré a la
SEOPC 1os montos originados por estas oausas para su evaluaoiôn y deoisiôn
oon-espondiente.
7.4. Sin perjuioio de lo anterior, 1as Partes aouerdan que para el oaso de que oualquiera
de 1os insumos, oomponentes o partidas que oonform an la Planilla de Cantidades y Preoios
Unitarios (Formulario No. 8 A) Anexo l de1 presente Contrato sufriere una variaoiôn o
inoremento por enoima de o que exoeda de manera el dooe por oiento (12%) de su valor
referido al mes de Abril de 2009, diohos insumos, oomponentes o partidas serén reajustados
aplioando el mismo poroentaje de1 inoremento experimentado.
ARTiCULO 8 VIGENCIA DEL CONTIU TO E INICIO DE LA OBIu
8. l
E1 presente Contrato entraré en vigor plenamente a partir de la feoha de susoripoiôn
de1 m ismo.
8.2
La Feoha de lnioio de 1as Obras, asi oom o el oumplim iento de 1as obligaoiones
puestas a oargo de EL CONSORCIO en el presente Contrato, inoluyendo el plazo
oontraotual, serén exigibles ouando se hayan oumplido 1as oondioiones que se indioan a
oontinuaoiôn:
a) Cierre y obtenoiôn de1 Finanoiamiento, oon la debida aprobaoiôn por parte de1
Congreso Naoional y oumplimiento de 1as oondioiones preoedentes
estableoidas bajo el Finanoiamiento, para el desembolso de 1os fondos',
Pago de1 Antioipo indioado en el Inoiso (a) de1 Artioulo 6. 1, y
0) Susoripoiôn por 1as Partes de1 Aota de Inioio de 1as Obras.
8.3 Sin embargo, por razones de interés de la SEOPC y sujeto a la aoeptaoiôn de EL
CONSORCIO, la SEOPC podré autorizar el inioio antioipado paroial o total de 1as Obras
antes de1 oumplimiento de 1as oondioiones anterionnente oitadas. No obstante lo anterior la
Feoha de inioio de 1as Obras para 1os fines oon-espondiente siempre seré la feoha en que
hayan tenido lugar todos 1os eventos desoritos en el numeral 8.2 anterior.
8.4
Esta autorizaoiôn e inioio antioipado no generaré una obligaoiôn por parte de EL
CONSORCIO para oonoluir 1as Obras antes de 1os plazos paotados en el Programa de
Trabajo, de aouerdo a lo definido en el Artioulo 4 de este Contrato.
8.5 La SEOPC reoonooe que durante la vigenoia de1 Contrato e inioio de 1os trabajos
1as responsabilidades de EL CONSO RCIO expresamente exoluyen, sin limitaoiôn alguna
oualquier responsabilidad oon relaoiôn a:
la obtenoiôn de autorizaoiones, permisos y lioenoias de oualquier naturaleza.
la elaboraoiôn y aprobaoiôn de1 Estudio de lmpaoto Ambiental bien oomo la
obtenoiôn de 1as respeotivas lioenoias ambientales requeridas por 1as
autoridades oompetentes y 1as m edidas de mitigaoiôn de impaotos
ambientales exigidas por el plan futuro de manejo ambiental entre otros.
la oportuna obtenoiôn de autorizaoiones, permisos y lioenoias para desviar el
transito.
IV
la operaoiôn y el oontrol de trénsito en 1as vias plkblioas en tomo de 1as Xreas
de Trabajo atendiendo al programa de desvio de trénsito preparado por EL
CONSO RCIO, revisado por LA ENTIDAD SUPERVISOIU y aprobado
por LA SEOPC.
remooiôn o reubioaoiôn de todos 1os servioios plkblioos presentes en el irea
de Trabajo, atendiendo al informe sobre 1as éreas que se requieren que se
enouentren libres y que oonlleven reubioaoiôn de servioios preparado por EL
CONSO RCIO, revisado por LA ENTIDAD SUPERVISOIU y aprobado
por LA SEOPC.
V1
la oontrataoiôn de1 finanoiamiento de1 Proyeoto y su tramitaoiôn.
V11
expropiaoiôn de terrenos y otras éreas requeridas para la implementaoiôn de1
Proyeoto (inoluyendo oanteras, botaderos, éreas de préstamo y sus aooesos,
todos ellos libres de impedimentos y perturbaoiones de teroeros) atendiendo
al informe sobre 1as éreas que se requieren que se enouentren libres para el
avanoe fisioo de 1as Obras preparado por EL CONSORCIO revisado por
LA ENTIDAD SUPERVISOIU y aprobado por LA SEOPC.
V111 la responsabilidad por oualquier tipo de pasivos ambientales y oondioiones
preexistentes en e de Trabajo y su entomo, y
otras previstas en el presente Contrato.
La SEOPC reoonooe que todas 1as éreas neoesarias para la ejeouoiôn de 1as Obras deberén
estar expropiadas y desooupadas, libres de todas 1as interferenoias y perturbaoiones de
teroeros, y entregue a EL CONSORCIO para inioio de la obra oonforme al Program a de
Trabajo.
ARTiCULO 9 GAIU NTiAS Y SEGUROS
9.l
Clarantias:
(a)
Garantia de Antioipo: Contra la reoepoiôn de1 Antioipo EL CONSORCIO deberâ
proporoionar una garantia de1 mism o, oonstituyendo una garantia expedida por una
oompaiïia de seguros a favor de EL ESTADO DO M INICANO equivalente al oien por
oiento (100%) de1 valor de1 Antioipo renovable autométioamente hasta la amortizaoiôn de1
mismo.
Dioha garantia se reduoiré autométioam ente y en la mism a proporoiôn en que el Antioipo
impute a 1os abonos, y permaneoeré en vigor desde la feoha de pago de1 Antioipo
oonfonnidad oon el Contrato hasta que la SEOPC haya reoibido de EL CON SORCIO
reembolso total de ese monto.
(b) Garantia de Fiel Cumplimiento de1 Contrato. EL CONSORCIO deberé entregar
dentro de 1os treinta (30) dias después de1 inioio de 1as Obras una fianza o garantia de
oumplimiento de1 Contrato expedida por una oompaiïia de seguros. E1 valor de dioha fianza
o garantia seré por el diez por oiento (1 0%) de1 valor de oonstruooiôn. La fianza o garantia
de oumplimiento permaneoeré en vigenoia hasta la feoha de reoibimiento de1 Certifioado de
Reoepoiôn de Obra. No obstante el valor de esta fianza o garantia se reduoiré
proporoionalmente al valor poroentual de 1as Obras que hayan sido ejeoutadas oonforme la
em isiôn de1 Aota de Entrega Paroial de Obra o de1 Certifioado de Reoepoiôn de Obra y a la
em isiôn de éste.
(o) Garantia de Vioios Ooultos: A1 finalizar 1os trabajos, EL CONSORCIO deberé
presentar una garantia de 1as Obras ejeoutadas por é1 a satisfaooiôn de la SEOPC, (Garantia
de Vioios Ooultos), por un monto equivalente al oinoo por oiento (5%) de1 valor de
oonstruooiôn de 1as Obras. Esta garantia tendré vigenoia de (l) aiïo, a partir de la feoha de
entrega paroial de oada obra, oon la finalidad de asegurar 1os trabajos de oualquier
reparaoiôn que surja por algfm defeoto de oonstruooiôn no deteotado en el momento de
reoibir la Obra.
EL CONSO RCIO serâ responsable por 1os vioios, fallas o defeotos de oonstruooiôn de 1as
Obras que sean imputables a EL CO NSORCIO exoeptuando aquellas fallas o defeotos que
tengan su origen en (i) el Pliego de Condioiones e (ii) el uso inoorreoto de la via por parte
de 1os usuarios (oiroulaoiôn de vehioulos oon sobre oarga o sobre altura de1 definido en 1as
espeoifioaoiones téonioas) sin que la presente enunoiaoiôn pueda ser oonsiderada oomo
lim itativa.
9.2
Seguros :
(a)
Seeuro Todo Rieseo IALL RISK). EL CONSORCIO dentro de 1os sesenta (60)
dias después de1 inioio de 1as Obras deberé oontratar y mantener vigente, durante la
ejeouoiôn de la obra un seguro todo riesgo A11 Risk para la obra inoluyendo errores u
omisiones de ejeouoiôn, responsabilidad oivil, aooidentes, fenômenos naturales y
oonmooiôn interior por un valor equivalente al M onto de1 Contrato menos 1os Costos de
Transaooiôn.
ARTiCULOIO IMPUESTOS Y EXONEIU CIONES
l0. l EL CONSORCIO 1as empresas integrantes de1 mismo o 1as empresas que lo
llegaren a integrar, asi oomo 1os empleados extranjeros que lleguen a la Replkblioa
Dominioana exolusivamente para ejeoutar 1os trabajos de1 Contrato estarén exonerados de1
pago de todo impuesto, oontribuoiôn, tasa, aranoel, arbitrio, inoluyendo, pero no estando
limitado al Impuesto a la Transferenoia de Bienes lndustrializados y Servioios (1TB1S), asi
oomo oualquier otro impuesto de oualquier naturaleza, estableoido por ley, deoreto o
resoluoiôn de la Replkblioa Dominioana oon la sola exoepoiôn de1 peaje en 1as autopistas y
1as tasas que estableoe Colegio Dominioano de lngenieros, Arquiteotos y Agrimensores
(CODIA) en el Artioulo 17.03 de su Reglamento lnterno Estatutario y 1as estableoidas a
favor de1 Instituto de Formaoiôn Téonioo Profesional (INFOTEP).
10.2 EL CONSORCIO y 1as empresas integrantes de1 mism o o 1as empresas que lo
llegaren a integrar pagarén sus ouotas oon-espondientes al Seguro Sooial y Aooidentes de
Trabajo de 1os trabajadores y empleados dominioanos utilizados para el desarrollo de1
objeto de1 presente Contrato.
10.3 EL CONSORCIO y 1as empresas integrantes de1 mism o o 1as empresas que lo
llegaren a integrar estarén exonerados de1 pago de todos 1os dereohos e impuestos de
importaoiôn, inoluyendo ITBIS y impuesto de plaoa que inoidan o reoaigan sobre la
introduooiôn en el pais de 1as maquinas y equipos, asi oomo 1os repuestos que diohas
maquinarias y equipos, materiales y otros bienes de oualquier naturaleza que se requieran
para la ejeouoiôn de la Obra y o para dar oumplimiento a la obligaoiôn oontraida mediante
el presente Contrato. Diohos materiales, equipos y maquinarias, podrén entrar sin
restriooiones en el pais.
10.4 Asimism o, EL CONSORCIO y 1as empresas integrantes de1 mismo o 1as empresas
que lo llegaren a integrar estarén exonerados de1 pago de 1os dereohos de aduana e
impuestos internos sobre 1os vehioulos de motor destinados al uso de1 personal asignado a
la Obra y 1os repuestos para diohos vehioulos.
10.5 Los empleados extranjeros que lleguen al pais para prestar senzioio a EL
CONSORCIO o 1as empresas integrantes de1 mismo o que lo lleguen a integrar en la
ejeouoiôn de la obra a su oargo en oumplimiento de este Contrato, estarén igualmente
exonerados de1 pago de 1os dereohos de aduana e impuestos internos al llegar a la
Replkblioa Dom inioana, oon relaoiôn a sus efeotos personales, inoluyendo un automôvil
durante su pennanenoia en el pais. Ta1 exoneraoiôn abaroara todos 1os efeotos pelsonales y
de hogar no oomprados para fines de venta, sujeto a 1as limitaoiones y préotioas aduaneras
respeoto a equipaje personal, y ta1 exoneraoiôn de pago de dereohos de aduanas e impuestos
internos oontinuaré vigente durante su estadia en la Replkblioa Dominioana.
10.6 Las maquinarias, equipos y efeotos personales y 1os vehioulos importados oon el
benefioio de la exoneraoiôn, tanto 1os perteneoientes a EL CONSORCIO y 1as empresas
integrantes de1 m ismo o que lo lleguen a integrar y sus suboontratistas, oom o 1os de sus
empleados extranjeros, se devolverén a su lugar de origen una vez terminado este Contrato,
sin pago de impuestos y o dereohos de exportaoiôn. En el oaso de venta de 1os m ismos a
teroeros en la Replkblioa Dominioana deberén pagarse 1os dereohos de aduana e impuestos
internos proporoionalmente oonsiderando el monto residual oontable de diohos vehioulos
maquinarias o equipos oon base a 1as tasas de depreoiaoiôn fisoal aoeptadas y praotioadas en
el pais.
10.7 Se haoen extensivas a 1os suboontratistas de EL CONSORCIO y de 1as empresas
integrantes de1 m ismo o 1as empresas que lo llegaren a integrar a requerim iento de 1as
exoneraoiones de aranoeles aduaneros y o impuestos, de aouerdo oon 1as siguientes bases
a)
Los suboontratistas dominioanos estarén exonerados de1 pago de todos 1os
aranoeles aduaneros y o impuestos sobre materiales y equipos que 1os
suboontratistas neoesiten importar para utilizar en la oonstruooiôn de1
Proyeoto.
b)
Los suboontratistas, proveedores y prestadores de servioios dominioanos
estarén exonerados de1 pago de1 Impuestos a la Transferenoia de Bienes
Industrializados y Servioios (ITBIS) para 1os bienes, materiales y servioios
que suministren para la ejeouoiôn de1 Proyeoto.
0)
Los suboontratistas extranjeros y su personal extranjero estarén exonerados
de1 pago de todos 1os aranoeles aduaneros y o impuestos de oualquier tipo,
en la mism a extensiôn y forma que EL CONSORCIO y su personal
extranjero.
10.8 La SEOPC serâ la responsable de someter este Contrato al Congreso Naoional para
la aprobaoiôn neoesaria de la exoneraoiôn impositiva oontenida en este Artioulo.
10.9 Si EL CONSORCIO 1as empresas integrantes de1 mism o o 1as empresas que lo
llegaren a integrar 1os suboontratistas o 1os empleados de alguno de ellos tuvieran que pagar
algfm impuesto, oontribuoiôn, tasa, aranoel, gravamen o arbitrio objeto de este Artioulo, ya
sea porque la aprobaoiôn de1 Congreso siga pendiente, o esta haya sido reohazada, o por
oualquier otro motivo, EL ESTADO DOM INICANO, a través de la SEOPC, estarâ
obligado a pagar a EL CONSORCIO 1as em presas integrantes de1 m ism o o 1as empresas
que lo llegaren a integrar sus suboontratistas o a 1os empleados extranjeros de estos, a través
de EL CONSORCIO 1as empresas integrantes de1 mismo o 1as empresas que lo llegaren
integrar oontra oomprobante 1os ouales deberén oontar oon la revisiôn de LA ENTIDAD
SUPERVISORA y aprobaoiôn por parte de LA SEOPC, dentro de 1os treinta (30) dias
siguientes a su presentaoiôn, el monto que hayan desembolsado por 1os oonoeptos antes
enunoiados.
l0. 10 En un plazo no mayor de seis (6) meses después de la aoeptaoiôn final EL
CONSORCIO y 1as empresas integrantes de1 mismo o 1as empresas que lo llegaren a
integrar se oomprometen a presentar 1as pruebas oon-espondientes de que ha dispuesto en
una de 1as formas previstas en este Artioulo de 1os equipos y m ateriales exoedentes
importados en exoneraoiôn, tanto de propiedad de EL CONSORCIO 1as empresas
integrantes de1 m ismo o 1as empresas que lo llegaren a integrar oomo de sus suboontratistas.
10.1 l La SEOPC se oomprom ete a gestionar por ouenta de EL CONSORCIO y 1as
empresas integrantes de1 mism o o 1as empresas que lo llegaren a integrar, 1os perm isos de
importaoiôn para toda maquinaria, equipo, repuestos materiales, eto., que EL
CONSORCIO y 1as empresas integrantes de1 mismo o 1as empresas que lo llegaren a
integrar neoesiten importar para la ejeouoiôn de la Obra, sin limitaoiôn alguna oon respeoto
a su naturaleza, siendo estos para uso exolusivo de la Obra. Tales permisos deberén ser
gestionados dentro de 1os siete (7) dias oalendarios oontados a partir de la feoha en que 1os
mismos se enouentren en la Direooiôn General de Aduanas (DGA) para el tramite de
exoneraoiôn oon-espondiente en el entendido de que EL CONSORCIO y 1as empresas
integrantes de1 mismo o 1as empresas que lo llegaren a integrar 1os hayan solioitado, oon la
dooumentaoiôn soporte oon-espondiente.
ARTiCULO 11 RETIU SO EN LOS PAGOS E INTERESES
l l . l En el oaso de que 1os pagos de 1as Cubioaoiones M ensuales de Avanoe de Obra y de
la Liquidaoiôn Final no se efeotlken dentro de 1os treinta (30) dias oalendario oontados a
partir de la feoha de su aprobaoiôn por parte de la SEOPC devengarén un interés por mora
oaloulado en base a una tasa equivalente a LIBOR, Prime Rate a 6 (seis) meses vigente al
dia de inioio de1 atraso més tres punto setenta y oinoo por oiento (3.75%) anual durante el
periodo de retraso de1 pago.
l l .2 Se entiende por retraso de pago el lapso transourrido a partir de1 venoimiento de1
plazo de diez (1 0) dias oalendario oontados a partir de la feoha de aprobaoiôn por parte de
la SEOPC oonform e a lo estableoido en el Artioulo 6.3 de1 presente Contrato, hasta la
feoha en que EL CONSORCIO reoibe el pago oon-espondiente siem pre y ouando el retraso
se haya efeotuado por oausas imputables a EL ESTADO.
l l .3 Sin perjuioio de lo estableoido en 1os Artioulos 4.3 6 y el presente Artioulo l 1, si la
SEOPC se retrase en el pago de 1os montos indioados en 1as Cubioaoiones M ensuales de
Avanoe de Obra y de la Liquidaoiôn Final por un lapso de tiempo que exoeda 1os sesenta
(60) dias oalendario EL CONSORCIO podré paralizar sus aotividades estableoidas en el
presente Contrato en forma paroial o total hasta que le sean oanoelados 1os montos
adeudados bajo este Contrato, sin oualquier responsabilidad o penalidad. En oaso de esta
paralizaoiôn, la SEOPC estaré obligada a pagar a EL CONSORCIO 1os oostos en que
inourra oomo resultado de dioha paralizaoiôn y otros oompromisos inoluyendo, entre otros,
1os oostos de lndireoto de Obra, suboontratos, ademés de obligarse a realizar 1os
oon-espondientes ajustes de1 Monto y de1 Plazo de1 Contrato.
l l .4 Si la SEOPC se retrasare en el pago de 1os montos indioados en Cubioaoiones
M ensuales de Avanoe de Obra y de la Liquidaoiôn Final por un lapso de tiempo que exoeda
1os noventa (90) dias, EL CONSORCIO podrâ resoindir el Contrato.
ARTICULO 12 RECEPCIIW DE LAS OBIU S Y PEIYODO DE GAIU NTW
l2. l Reoepoiôn -A1 oonoluirse la ejeouoiôn de 1as Obras objeto de1 presente Contrato, EL
CONSORCIO solioitaré a LA ENTIDAD SUPERVISOIU la pre reoepoiôn de 1as Obras,
a ouyos fines LA ENTIDAD SUPERVISOILA realizaré la revisiôn de 1as Obras para su
aoeptaoiôn y emitiré el informe de aoeptaoiôn (e1 lnforme de Aoeptaoiôn de 1as Obras). Una
vez emitido el lnforme de Aoeptaoiôn de 1as Obras, EL CO NSORCIO solioitaré a LA
SEOPC la emisiôn de1 Certifioado de Reoepoiôn de Obra y prooeda a su Reoepoiôn
liberando 1as garantias o seguros otorgados m ediante el presente Contrato, y en oambio EL
CONSORCIO entregaré a la SEOPC la Garantia de Vioios Ooultos, oonforme desorito en
el Artioulo 9, Inoiso 9.l (0). E1 periodo de garantia es el mismo de la vigenoia de la
Garantia de vioios Ooultos, o sea tresoientos sesenta y oinoo (365) dias oalendarios a partir
de la feoha de su emisiôn.
La SEOPC deberé, dentro de un plazo de veintifm (21) dias oalendario a partir de la feoha
de dioha notifioaoiôn, enviar a EL CONSORCIO el Certifioado de Reoepoiôn de obra
indioando la feoha en la oual 1as Obras estén tenninadas de aouerdo oon el Contrato, o bien
dar instruooiones esoritas a EL CONSORCIO, espeoifioando todos 1os trabajos que éste ha
de realizar antes de em itir ta1 oertifioado, inoluyendo oualquier defeoto de 1as Obras que
afeote la terminaoiôn mismas. Si transourrido dioho la SEOPC no ha pronunoiado ni
em itido el oon-espondiente Certifioado de Reoepoiôn de Obra, se entenderé que la
Reoepoiôn de 1as Obras ha tenido lugar EL CONSORCIO entregaré a la SEOPC la
Garantia de Vioios Ooultos y empezaré el periodo de garantia aqui estableoido.
12.2 EL CONSO RCIO garantiza que 1as Obras de1 Proyeoto oumplirén oon 1os términos
de1 Contrato y 1as normas aplioables en la industria. EL CONSORCIO oorregiré 1as Obras
que presentaren defioienoia por faotores imputables a EL CONSORCIO dentro de un
plazo de un (l) aiïo de la emisiôn de1 Certifioado de Reoepoiôn de Obra. La responsabilidad
total y oompleta de EL CONSORCIO no sobrepasaré un monto equivalente al oinoo por
oiento (58,%) de1 valor de oonstruooiôn.
12.3 En oaso de que EL CONSORCIO termine parte de 1as Obras y la SEOPC
deoidiera ooupar o utilizar oualquier parte de 1as Obras antes de la oonolusiôn total de 1as
mismas, deberé emitir al efeoto un Certifioado de Reoepoiôn Paroial de Obra. En este oaso,
EL CONSORCIO se oompromete a terminar oualquier trabajo pendiente en 1as Obras
reoibidas paroialmente durante el periodo de mantenimiento y garantia. Dioho periodo de
mantenimiento y garantia oorreré a partir de la feoha de emisiôn de1 Certifioado de
Reoepoiôn Paroial de Obra.
ARTiCULO 13 TERMINACION. SUSPENSION. PAIU LIZACION Y PRORROGA
DE PLAZO DEL CONTIU TO
l3. l Terminaoiôn de1 Contrato
E1 presente Contrato termina oon la expedioiôn de1 Certifioado de Reoepoiôn de Obra y el
pago a EL CONSORCIO de la totalidad de 1as obras ejeoutadas.
Terminaoiôn Antioipada de1 Contrato
E1 presente Contrato termina antioipadamente en 1os siguientes esoenarios : (i) la resoluoiôn
definitiva de oualquier eventual divergenoia o oonflioto entre 1as Partes; o (ii) por falta de
Equilibrio Eoonômioo de1 Contrato', o (iii) suspensiôn y paralizaoiôn de 1as Obras por un
periodo que exoeda dooe (12) meses; o (iv) por el inoumplimiento de oualquiera de 1as
Partes de sus obligaoiones bajo el presente Contrato (1a Terminaoiôn Antioipada).
En oaso de Terminaoiôn Antioipada por oausas imputables a EL ESTADO en base a 1os
esoenarios anterionnente indioados segfm aplique este pagara a EL CONSORCIO ademés
de 1os oostos en que se inourra por oausa de la Terminaoiôn Antioipada, una oompensaoiôn
de oinoo por oiento (5%) de1 valor de oonstruooiôn salvo ouando la terminaoiôn por oausas
imputables exolusivam ente a EL CONSORCIO .
En oaso de Terminaoiôn Antioipada por oausas imputables al CON SORCIO en base a 1os
esoenarios anteriormente indioados segfm aplique este pagara a EL ESTADO, ademés de
1os oostos en que se inourra por oausa Terminaoiôn Antioipada una oompensaoiôn de oinoo
por oiento (5%) de1 valor de oonstruooiôn salvo ouando la terminaoiôn oourra por oausas
imputables exolusivam ente a EL ESTADO .
13.3 Suspensi6n. Paralizaci6n v Prorroea de Plazos de Ia eiecuci6n de Ias Obras
Cuando oourrieren situaoiones o eventos no provenientes de oulpa de EL CONSORCIO
que impidan, suspendan o afeoten temporalmente la ejeouoiôn de 1os trabajos, relativos
entre otras oausas a fenôm enos de la naturaleza, oaso fortuito, fuerza mayor, oonmooiôn
interior, aotos violentos o ma1 intenoionados de teroeros huelgas paros laborales y otros
eventos fuera de1 oontrol de EL CONSORCIO, sin que la presente enumeraoiôn sea
limitativa, habré lugar a la suspensiôn de 1os plazos de ejeouoiôn de1 Contrato oonforme
estableoido bajo el Artioulo 4.2 y 4.3 de1 presente Contrato y se prooederé, en ouanto a
reoonooimiento de importe de gastos, previa revisiôn y aouerdo entre 1as Partes.
Si la suspensiôn o paralizaoiôn de 1as Obras o prôrroga de 1os plazo para la ejeouoiôn de 1as
Obras oourriere por oausas imputables a la SEOPC o porque éste la ordenara', y por dioha
suspensiôn, paralizaoiôn o programa el Plazo Contraotual exoediere de 1os treinta (30)
meses, 1as Partes aouerdan que en adiooiôn a la ampliaoiôn de 1os plazos para ejeouoiôn de
1as Obras, oonforme estableoido bajo el Artioulo 4.2 y 4.3 de1 presente Contrato', la SEOPC
pagaré mensualmente al CONSORCIO el oosto lndireoto de Obra, previa revisiôn y
aouerdo entre 1as Partes; para lo oual EL CONSORCIO presentaré 1as Certifioaoiones
M ensuales 1as ouales serén pagadas por la SEOPC oonform e 1as disposioiones estableoidas
bajo el Artioulo 6 de1 presente Contrato. La obligaoiôn de pago de1 Costo lndireoto de Obra
se m antendré hasta tanto haya oesado la oausa o evento que diere lugar a la suspensiôn,
paralizaoiôn o prôrroga de plazo de 1as Obras o si oourriere una terminaoiôn antioipada de1
presente Contrato, para lo oual serén aplioables 1as disposioiones estableoidas bajo el
Artioulo l3. l .
ARTiCULOI4 FUERZA MAYOR Y CASO FORTIJITO
l4. l
Estarén exentos de responsabilidades por pérdidas, daiïos, inoumplimiento o mora,
en el oumplimiento de 1as obligaoiones a su oargo, oualquiera 1as Partes oontratantes, por
oausa de Fuerza M ayor, oonforme al oonoepto de que de ellas da el Côdigo Civil de la
Replkblioa Dominioana y todos 1os heohos que revisten el oaréoter de inevitables e
imprevisibles o que previstos no hayan podido ser evitados sin mediar oulpa de1 que alegue
la Fuerza M ayor. Adioionalmente a 1os efeotos de este Contrato Fuerza M ayor oomprenderé
oualquier evento que no pueda ser evitado en forma razonable y que este més allé de1
oontrol de EL CONSORCIO inoluyendo en forma enunoiativa y no taxativa, guerra,
motines, aooiones terroristas, desordenes oiviles o laborales, terrem otos, tonnentas,
huraoanes, inundaoiones u otras oondioiones adversas de1 olim a, huelgas, o oualquier aooiôn
u omisiôn por parte de1 Gobierno de la Replkblioa Dominioana que impida la ejeouoiôn de1
Proyeoto.
14.2 Adioionalmente, Fuerza Mayor oomprenderé Aoondioionamientots) Politioots)
signifioando todo aoto u omisiôn de EL ESTADO o de oualquiera de sus dependenoias,
inoluyendo de manera limitativa.
(a)
oualquier oambio en la legislaoiôn aplioable (ya sea por promulgaoiôn,
modifioaoiôn o aplioaoiôn de oualquier ley, deoreto, sentenoia,
reglamentaoiôn u otros) a partir de la feoha de ejeouoiôn de1 presente
Contrato'
oualquier expropiaoiôn, naoionalizaoiôn o aoto de dominio eminente',
oualquier devaluaoiôn o fluotuaoiôn adversa de1 Peso Dominioano',
(d)
oualquier revooaoiôn o oualquier otro heoho de retraotaoiôn de
autorizaoiones em itidas por dependenoias de EL ESTADO o oualquier otro
oonsentim iento, permiso, autorizaoiôn, lioenoia, oertifioaoiôn, registro o
oualquier otra autorizaoiôn que se requiera obtener, mantener, renovar o
efeotuar de oonfonnidad oon la 1ey aplioable al o por oualquier otro aouerdo
ejeoutado oon relaoiôn oon el Proyeoto (un Consentimiento Relevante) por
oausas distintas a 1as estableoidas en el perm iso mismo de que se trate o por
algfm aouerdo relaoionado oon éste o por 1ey aplioable',
oualquier m odifioaoiôn en 1os pagos a ser realizados a EL CONSORCIO en
virtud de este Contrato, o oualquier m odifioaoiôn o oambio en 1os aranoeles,
tarifas honorarios, tasas, impuestos, arbitrios y tasas munioipales u otros
oargos que sean oobrados o que sean oobrables en relaoiôn oon el Proyeoto y
que se hubiesen efeotuado en forma distinta a lo estableoido en el presente
Contrato o en ausenoia de la aprobaoiôn previa y por esorito de EL
CON SORCIO',
oualquier om isiôn o demora en 1as aotuaoiones de EL ESTADO o de sus
dependenoias de oonfonnidad oon 1as leyes aplioables (inoluyendo, de
manera no limitativa, oualquier falta o inoumplimiento en otorgar, mantener,
renovar o aoeptar un Consentimiento Relevante, por oausas o en forma
distinta a 1as estableoidas por la 1ey aplioable), o oonforme resulte de
oualquier Consentimiento Relevante o aouerdo relaoionado oon el mism o.
E1 inoumplimiento o dem ora de oualesquiera de lo anterionnente expuesto que modifique
adversamente el estatus legal, la situaoiôn eoonômioa, finanoiera o oomeroial de EL
CONSORCIO, o de oualquier suboontratista, o de1 Proyeoto, oon respeoto al estatus legal
la situaoiôn eoonômioa, finanoiera o oomeroial existente a la feoha de1 presente Contrato o
la que es o pudiese haber sido en ausenoia de diohas aotuaoiones u omisiones.
14.3 En oaso de Fuerza M ayor que impidiese el suministro de 1os bienes o 1os servioios o
el avanoe de 1as obras, EL CONSORCIO inform aré a la SEOPC y se aoordaré la
suspensiôn temporal de1 Contrato obligéndose a la SEOPC a aprobar 1os pagos de 1as
faoturas por 1os servioios prestados y suministros reoibidos hasta la feoha de interrupoiôn
de1 trabajo por ta1 oaso fortuito o Fuerza Mayor previa revisiôn y aouerdo entre 1as Partes.
En oaso de suspensiôn temporal el plazo de1 presente Contrato se prorrogaré
oonseouentemente por un periodo igual al térm ino de la interrupoiôn y se reinioiaré el
suministro de 1os bienes y servioios bajo 1os términos mudamente aoordados en este
Contrato. lgualmente la SEOPC aprobaré 1os oostos de paralizaoiôn desmovilizaoiôn y
removilizaoiôn de1 personal y equipo afeotado previa revisiôn y aouerdo entre 1as partes.
ARTICULO 15 NO RELACION LABOIU L
Las Partes aoeptan y reoonooen que el presente Contrato no estableoe una relaoiôn de
subordinaoiôn laboral entre EL CONSORCIO y LA SEOPC bajo el Côdigo de Trabajo de
la Replkblioa Dom inioana.
ARTiCULO 16 DOCUMENTOS PARA ENTREGA UNA VEZ RECIBIDA LA
OBRA
En un plazo de ouarenta y oinoo (45) dias oalendario oontados a partir de la oonstituoiôn de
la Garantia de Vioios Ooultos que dispone el Artioulo 9. l (o) o en el momento de la
Reoepoiôn de 1as Obras EL CONSORCIO sum inistrarâ a la SEOPC y a la ENTIDAD
SUPERVISOIU todos 1os planos en oopia dura y eleotrônioa oomo oonstruido (As Built)
y oualquier otro dooumento que sea razonablemente requerido por la SEOPC y la
ENTIDAD SUPERVISOIU .
ARTiCULOI; DIRECCIGN DE LAS OBIU S
EL CONSORCIO dirigirâ personalmente 1as Obras no nombrara a un representante suyo
para que lo haga, E1 representante de EL CONSORCIO tendré plena autoridad para
adoptar oualquier deoisiôn que sea neoesaria para la ejeouoiôn de 1as Obras, para reoibir y
llevar a oabo ordenes adm inistrativas. En oualquier oaso seré responsabilidad de EL
CONSORCIO ouidar de que 1as Obras se realioen de forma satisfaotoria y segfm el
Proyeoto aprobado, inoluido el garantizar que sus propios empleados y 1os suboontratistas
observen 1as espeoifioaoiones téonioas y 1as ôrdenes adm inistrativas.
ARTiCULO 18 ENTIDADAD SUPERVISOIU DE LAS OBIU S
La SEOPC designa para la supenzisiôn y fisoalizaoiôn de la oonstruooiôn de1 Proyeoto a la
sooiedad oomeroial Teonoamérioa, S. A. (ENTIDAD SUPERVISOIU ).
La ENTIDAD SUPERVISOIU representarâ a la SEOPC y por su oonduoto 1as
ouestiones relativas al desarrollo de 1as Obras, seglkn aplique.
EL CONSORCIO permitirâ que la SEOPC o la ENTIDAD SUPERVISOIW
inspeooione a oualquier momento la ejeouoiôn de 1os trabajos objeto de este Contrato.
ARTiCULOI9 EOUILIBRIO ECONOMICO FINANCIERO
Las Partes reoonooen que el entorno legal eoonômioo finanoiero y 1as oondioiones de
oontrataoiôn oonstituyen un todo armônioo (e1 Equilibrio Eoonômioo).
En 1os oasos en que EL CONSORCIO no pueda aloanzar el Equilibrio Eoonômioo oomo
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.