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Resolución

Resolución 4207

QUE AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO DE AZUA A CONTRATAR UN EMPRESTITO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 oct de 1901fecha
Préstamo o financiamientotipo
G. O. 1419Gaceta Oficial del 26 oct de 1901
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 4207.—RESOLUCION del C. N. que autoriza al Ayuntamiento de Azua a contratar un empréstito.—G. O. Núm. 1419 del 26 de Octubre de 1901. EL CONGRESO NACIONAL, En Nombre de la República. Vista la instancia del Ayuntamiento de la Común de Azua, de fecha 1° del mes de Julio del corriente año, en la cual pide se el autorice á contratar un empréstito de seis mil pesos oro con el propósito de establecer pozos artesianos; así como á establecer y cobrar de diez á treinta centavos por cada tarea ó fracción de ella, á todo individuo que use de las aguas de dichos pozos para el riego de terrenos. Considerando: que el establecimiento de pozos artesianos en la referida Común de Azua abastecerá de agua sus áridos cam- pos, lo que redundará en beneficio de la agricultura en una extensa zona de terrenos hoy casi improductiva; RESUELVE: Autorizar al Ayuntamiento de la Común de Azua á contratar un empréstito de seis mil pesos oro para que invierta dicha suma en el establecimiento de pozos artesianos. Negar la autorización que el referido Ayuntamiento pide para establecer y cobrar de diez á treinta centavos por cada tarea ó fracción de ella, á todo individuo que use las aguas de dichos pozos para el riego de terrenos. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Nacional, á los 7 días del mes de Octubre de 1901; año 58° de la Independencia y 39° de la Restauración. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Nacional, á los 7 días del mes de Octubre de 1901; año 58° de la Independencia y 39° de la Restauración. El Presidente, R. Abréu Licairac.—Los Secretarios, Dr. Morillo.—R. C. Castellanos. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría de Estado correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República, para su cumplimiento. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 22 días del mes de Octubre de 1901; año 58° de la Independencia y 39° de la Restauración. J. I. JIMENES. Refrendado: El Ministro de Fomento y Obras Públicas.—Fidelio Despradel.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona