Texto de la norma
Núm. 5263.—RESOLUCION del C. N. que declara válidos los actos nulos ejecutados por los encargados del ministerio público en los Distritos judiciales de San P. de Macorís, Seybo, Azua y en la Corte de Apelación de Santo Domingo.—G. O. Núm. 2426 del 18 de Agosto 1913.
EL CONGRESO NACIONAL, En Nombre de la República.
Declarada la urgencia,
Considerando que en virtud de los artículos 59 y 103 de la Constitución, el ciudadano Juan Tomás Mejía no podía ser destituido del cargo de Procurador Fiscal que desempeñaba en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro de Macorís; que en
igual caso se encuentran los fiscales del Seybo y Azua, así como el Procurador General de la Corte de Apelación del Departamento de Santo Domingo.
Considerando que los actos ejercidos por los encargados del ministerio público en los Juzgados y en la Corte de Apelación indicados, o aquellos en que hubieren intervenido, siendo sus nombramientos ilegales, carecen de validez, y un alto interés social exije que sean subsanados, a fin de evitar las trascendentales consecuencias que podría ocasionar su nulidad.
RESUELVE:
Visto el artículo 35, atribución 32 de la Constitución:
Art. único: Declarar firmes y subsistentes, por motivo de orden público, todos los actos nulos por la ilegalidad de los nombramientos, que hayan sido ejecutados, o en que hubieren intervenido los encargados del ministerio público en los juzgados de San Pedro de Macorís, Seybo y Azua y en la Corte de Apelación del departamento de Santo Domingo.
§ Envíese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Dada en la sala de sesiones del Senado, a los 5 días del mes de julio de 1913, año 70 de la Independencia y 50 de la Restauración.
El Presidente:—Leovigildo Cuello.—Los Secretarios:—David E. Santamaría.—José R. López.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Diputados, a los 19 días del mes de julio de 1913; año 70 de la Independencia y 50 de la Restauración.
El Presidente, Octavio Beras.—Los Secretarios:—Rafael Rincón.—Juan Elías Moscoso hijo.
Ejecútese, comuníquese por la Secretaría de Estado correspondiente, publicándose en todo el territorio de la República para su cumplimiento.
Dada en Santo Domingo, capital de la República, a los 21 días del mes de julio de 1913, año 70 de la Independencia y 50 de la Restauración.
BORDAS VALDES.
El Secretario de Estado de Justicia e Instrucción Pública:—Apolinar Tejera.
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