Texto de la norma
Núm. 5239.—RESOLUCION del P. E. que autoriza a Santa Fé Plantation Sugar Co., a construir un ferrocarril particular.—G. O. Núm. 2408 del 14 de Junio 1913.
GENERAL JOSE BORDAS VALDES, Presidente Interino de la República.
Vista la Instancia elevada en fecha 20 de Mayo retro-próximo al Poder Ejecutivo, por órgano de la Secretaría de Estado de Fomento y Comunicaciones, por el señor Salvador E. Ros, Presidente de la Santa Fé Plantation and Sugar Company, el cual, en nombre de dicha empresa agrícola, pide que, de acuerdo con los artículo 2, párrafo c. y 3, limitación 3ª, de la Ley de Franquicias Agrarias del 26 de Junio de 1911 y del Reglamento ejecutivo del 24 de Mayo de 1912, se la autorice a construir, mantener, usar y operar un ferrocarril particular para el transporte de los productos y propiedades de la empersa, junto con sus desviaderos, ramales, estaciones y demás obras necesarias, y el cual ferrocarril empezará en el último punto de la línea férrea construida en el Ingenio "Santa Fé", atravesará en un punto el camino público de Guaza, entrará de nuevo en los terrenos del Ingenio Santa Fé, recorriendo tres kilómetros hasta llegar al arro-
yo Guaza, que atravesará en dichos terrenos sobre un puente de acero y de allí seguirá un kilómetro novecientos metros, atravesando el río Soco;
Vistos los planos de las obras, en número de 3, firmados por el ingeniero C. D. Ridgway Jr., así como el presupuesto de las mismas;
Visto el informe del Jefe del Negociado técnico de la Secretaría de Estado de Fomento y Comunicaciones, el cual recomienda que dichos planos, especificaciones y presupuesto sean aprobados;
Atendiendo: a que en fecha 22 de Junio de 1912 fué autorizada la Santa Fé Plantation Sugar and Company a entrar en el goce de las franquicias instituidas en la Ley de Franquicias Agrarias, una de las cuales consiste en el derecho de construir vías y construir y extender, mantener, usar y operar ferrocarriles particulares para ser utilizados solamente en el transporte de los productos y propiedades de la empresa,
RESUELVE:
Art. Unico: Autorizar a la Santa Fé Plantation And Sugar Company a que, en virtud de los derechos adquiridos por ella en su calidad de empresa agrícola, dentro de los términos de la Ley de Franquicias Agrarias del 26 de Junio de 1911 y del Reglamento de Franquicias Agrarias del 24 de Mayo de 1912, y conformándose estrictamente a los planos, especificaciones y presupuesto de que se hace mención arriba, y que por la presente quedan aprobados, pueda construir, mantener, usar y operar un ferrocarril particular para utilizarlo solamente en el transporte de los productos y propiedades de la empresa, así como a construir los desviaderos, ramales y estaciones indispensables y todas las demás obras que fueren necesarias, debiendo dicho ferrocarril empezar en el último punto de la línea férrea que tiene construida la empresa en el Ingenio Santa Fé, seguir desde allí para atravesar en un punto el camino público de Guaza, entrar de nuevo en los terrenos de la empresa, recorriendo tres kilómetros, hasta llegar al arroyo Guaza, atravesándolo en dichos terrenos por sobre un puente de acero, y de allí recorrer un kilómetro novecientos metros atravesando el río Soco.
Dada en Santo Domingo, capital de la República, á los 3 días
del mes de Junio de 1913; año 70 de la Independencia y 50 de la Restauración.
BORDAS VALDEZ.
Comunicado:—Ricardo Limardo, Secretario de E. de Fomento y Comunicaciones.
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