RESOLUCION del P. E. que ordena la separación del valor que representa el aumento de los derechos de exportación que se destinó a la amortización de los billetes de banco
Núm. 4171.—RESOLUCION del P. E. que ordena la separación del valor que representa el aumento de los derechos de exportación que se destinó a la amortización de los billetes de banco.—G. O. Núm. 1403 del 6 de Julio de 1901.
JUAN ISIDRO JIMENES, Presidente Constitucional de la República.
Atendiendo: á que la Ley de Gastos Públicos votada por el Congreso Nacional en fecha 21 de Julio último, para regir durante el año económico que principió el día primero del corriente mes y terminará el 30 de Junio del año 1902, está basada sobre sesenta unidades de dos millones de entradas probables por concepto de derechos de importación en todas las Aduanas de la República;
Oído el parecer del Consejo de Secretarios de Estado;
RESUELVE:
Unico: Desde esta fecha, los Administradores de Hacienda separarán de las entradas aduaneras el valor que represente el aumento de los derechos de exportación que se destinó á la amortización de los billetes del Banco Nacional de Santo Domingo, el cual valor será entregado, como se practica actualmente, á la
Comisión de Incineración de los referidos billetes; y dividirán el resto en dos porciones: una de sesenta unidades que servirán para cubrir los egresos que consagra la predicha Ley de Gastos Públicos y los demás que se autorizaren por Resoluciones y Decretos posteriores; y otra de cuarenta unidades que será entregada á la Comisión de Honorables creada por la Resolución de fecha 10 de Enero del corriente año para atender á los fines de su institución.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á 1º del mes de Julio del año de 1901; 58º de la Indenpendencia y 38º de la Restauración.
El Presidente de la República,
J. I. JIMENES.
Refrendado: El Ministro de Hacienda y Comercio.— E. Brache hijo.
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