viernes, 16 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 5197

RESOLUCION del P. E. mediante la cual se designa una comisión para formular un proyecto de Ordenanza para el régimen interior y gobierno del Ejército, etc

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 feb de 1913fecha
Nombramientostipo
G. O. 2372Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 5197.—RESOLUCION del P. E. mediante la cual se designa una comisión para formular un proyecto de Ordenanza para el régimen interior y gobierno del Ejército, etc.—G. O. Núm. 2372 del 8 de Febrero 1913. DR. ADOLFO A. NOUEL, Presidente Interino de la República. Considerando: Que los Cuerpos activos del Ejército no se han regido hasta el presente en la República, más que por la Ordenanza Militar y ésta por su índole y naturaleza misma, no puede particularizar todos los detalles de servicios y comisio- nes que se le confían en los Cuerpos a los Jefes, Oficiales, clases y soldados que pertenecen a los mismos; Considerando: Que la Ordennza Militar de 22 de Junio de 1895, vigente aún en la República, no responde hoy, al objeto para que fué dictada, en virtud de que, por el progreso incesante que se ha venido operando en estos últimos tiempos, en el organismo militar, falta preveer en ella una porción de asuntos, enseñanzas, órdenes é instrucciones que deben servir de norma a las diversas clases de la jerarquía del Ejército y á las autoridades militares de las Plazas; Considerando: Que es también indispensable modificar el Reglamento Táctico porque se rigen las fuerzas de Artillería del Ejército, en consonancia con los principios fundamentales de la organización que se le dé al mismo por el Decreto Ejecutivo de 22 de Enero de 1913; y dictar los correspondientes a las otras armas é Institutos del Elemento Armado, a medida que se vayan organizando; En uso de las facultades que le acuerda el artículo 54, Capítulo VII de la Ley sobre Organización del Ejército, de fecha 17 de Julio de 1912, RESUELVE: Primero: Nombrar una Comisión Técnica Militar que funcionará bajo la inspección de la Secretaría de Estado de Guerra y Marina, compuesta por el Comandante Militar de esta Plaza; por el Primero y Segundo Instructores de las fuerzas del Ejército, que guarnecen la misma; por el Instructor de la Guardia Republicana y por todos los Jefes—de Mayores a Coronel—de los Cuerpos del Ejército, que presten servicios en Santo Domingo, y que tengan su residencia en esta Ciudad. Segundo: La referida Comisión formulará, por ahora: un Proyecto de "Ordenanzas para el régimen interior, gobierno y disciplina del Ejército"; otro de "Reglamento para el detall y régimen interior de los Cuerpos"; otro de "Reglamento para la Instrucción Táctica de las Tropas de Artillería de Montaña" y los demás que vaya indicando la Secretaría de Estado de Guerra y Marina. Tercero: La Secretaría de Estado de Guerra y Marina queda encargada del cumplimiento de esta resolución, y de comuni- car a la Comisión de referencia, las instrucciones necesarias para su régimen interior y funcionamiento. Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de la República, á los 5 días del mes de Febrero de 1913; año 69 de la Independencia y 50 de la Restauración. DR. ADOLFO A. NOUEL, El Secretario de Estado de Guerra y Marina : Jaime Mota.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona