Texto de la norma
Núm. 5166.—RESOLUCION del P. E. que concede un plazo para hacer su presentación a los alzados en armas.—G. O. Núm. 2343 del 26 de Octubre 1912.
ELADIO VICTORIA,
Presidente de la República.
Considerando: que actualmente se hallan levantados en armas en diversas provincias grupos revolucionarios cuya tendencia es el derrocamiento del Gobierno;
Considerando: que por su co-participación con esos grupos revolucionarios se encuentra actualmente en prisión preventiva cierto número de ciudadanos y que por la misma causa tienen fijada otros su residencia en el extranjero, sin que puedan estos últimos regresar al país en razón de su carácter de autores ó cómplices de delitos políticos;
COLECCION D% 'LEYES, DECRETOS &.-1912
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Considerando: que, por tratarse de una lucha de hermanos
contra hermanos, el Pder Ejecutivo debe agotar todos 103 me-
dios legales de que dispone para evitar la efusidn de sangre y al
mismo tiempo procurar el restablecimiento de !a csnrjcrdi>? de
manera que rzine de nuevo la normalidad;
Cansiderando: que 10s grupos armados que hacen la oposi-
ci6n a1 Gobierno pretenden justificar este movimiento con el ale-
gat0 de que el-actual Gobierno no repkesenta la libre wiuntad
del pueblo de la Repfiblica;
Considerando : que es deber primordial del Gobierno velar
por el imperio de la Constitucidn y las Leyes y que, en confor-
midad con Bstas, tal expresi6n de la libre voluntad del pueblo no
podrQ manifestarse antgs de la nominacidn de 10s nuevos Cole-
gios Electorales, que eerh elegidos en Msyo de 1914, Qpocn en
la cual el suscrito Presidente de la Reptiblica renunciarh formal-
mente el encargo que recibi6 del pueblo, por conduct0 de 10s ac-
tuales Colegios Electorales, de ejercer el Poder Ejecutivo del
Gobierno de la Republica ;
Considerando: que la excitaci6n publica que resulta del mo-
vimiento armado contra el Gobierno no puede en modo alguno
apresurar una libre expresi6n de la voluntad del pueblo antes de
esa f echa ;
Visto el articulo 53, atribuci6n 8+, de 13 Cocstituci6n de la
Repfiblica ;
RESUELVE :
Art 19 Todos 10s alzados. en armas que antes del 4 de No-
viembre prbximo, en la provincia de Santo Domingo, y antes del
21 de Noviembre en las otras provincias, se presenten Q la auto-
ridad legalmente constituidn y hagan entrega de sus armas, que-t
darfrn libres de toda persecuci6n y gozarQn de toda clase de ga-
rantias; en sus personas 6 intereses.
Art. 2 9 Tan pronto como quede restablecida la paz en el
pais, todm las personas que se hallan actualmente en prisi6n por
causas politicas serQn.puestas en libertad y las actuaciones ju-
diciales ser6n sobreseidas. Asimismo todos 10s ciudadanns de In
Reptiblica que por su participacih en el movimiento rcvolucio-
nario se hallan fuera del pais, podrin regresar Q 6ste y qiiedaran
!ibres de toda persecuci6n en sus personas 6 intereses.
Ax%. 30 Quedaqexqeptuados absolutamente de 10s benefi-
cia3 de la presente ResQluciBn 10s autores y cdmplices del ascsi-
nato del Presidente CBceres, asi como toda persona contra auicn
existan cargos por delitos comunes.
Dada en Santo Domingo, capital de la Repbblica, B 10s 21
dias de .Octubre de 1912, aiio 69 de la Independencia y 50 de la
RestauraciBn.
E. VICTORIA.
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