Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
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dito Público, conforme las reglas generales para la impresión de especies representativas de dinero.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de octubre del año mil novecientos cincuenta y uno; años 108º de la Independencia, 89º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo.
El Presidente:
Los Secretarios:
Porfirio Herrera.
Rafael Ginebra Hernández.
Milady Félix de L'Official.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de octubre del año mil novecientos cincuenta y uno; años 108º de la Independencia, 89º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Agustín Aristy,
Presidente,
Secretario.
Felipe E. Sanabia,
Secretario ad-hoc.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de octubre del año mil novecientos cincuenta y uno, años 108º de la Independencia, 89º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Resolución No. 3110, del Congreso Nacional, que aprueba la venta de un inmueble del Estado.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 3110.
VISTO el inciso 21 del artículo 33 de la Constitución de la República;
VISTO el Contrato suscrito en fecha 21 de septiembre de 1951, entre el Estado Dominicano, representado por el Dr. Jaime Antonio Guerrero Avila, Administrador General de Bienes
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Nacionales, y el señor Comodoro César De Windt Lavandier, por el cual el primero vende al segundo, las siguientes parcelas: Nos. 259, 260, 265 y 258, del D.C. Nº 6/1, sitios de Los Eusebios, Guayacanes y San José, común y Provincia de San Pedro de Macorís, por el precio total de RD$4,465.15,
RESUELVE:
UNICO.— Aprobar el Contrato suscrito en fecha 21 de septiembre de 1951, entre el Estado Dominicano, representado por el Dr. Jaime Antonio Guerrero Avila, Administrador General de Bienes Nacionales, y el señor Comodoro César De Windt Lavandier, por el cual el primero vende al segundo, las siguientes parcelas: Nos. 259, 260, 265 y 258, del D.C. Nº 6/1, sitios de Los Eusebios, Guayacanes y San José, común y Provincia de San Pedro de Macorís, por el precio total de RD$4,465.15, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.