Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
14 GACETA OFICIAL
Espinal Rodríguez, cuyas generales constan en el acto que encabeza la presente legalización de firma, personas a quienes doy fe conocer:
EN la ciudad de Moca, a los seis días del mes de Noviembre del año mil novecientos cincuenta (1950).
(Firmado) Lic. R. Francisco Thevenin.—Abogado-Notario.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de enero del año mil novecientos cincuenta y uno; años 107º de la Independencia, 88º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
El Presidente:
Los Secretarios: Porfirio Herrera.
Federico Nina hijo.
Rafael Ginebra Hernández.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y uno; años 107º de la Independencia. 88º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Agustín Aristy, Presidente.
Secretario.
Julio A. Cambier,
Secretario.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y uno, años 107º de la Independencia, 88º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Resolución Nº 2718, del Congreso Nacional, que aprueba la venta de un inmueble del Estado.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 2718.
VISTO el inciso 21 del artículo 33 de la Constitución de la República;
GACETA OFICIAL 15
VISTO el Contrato suscrito el día 18 del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta, entre el Estado Dominicano, representado por el Doctor Jaime Antonio Guerrero Avila, Administrador General de Bienes Nacionales y el señor Etanislao Castillo Veloz, por virtud del cual el primero vende al segundo; a) una porción de terreno situada en Los Tratrices, colonia de Villa Trina, común de Moca, Provincia Espaillat, con una extensión superficial de 80 tareas, por el precio de RD$60.00, y b) una porción de terreno situada en el mismo lugar con una extensión superficial de 20 tareas, por el precio de RD$15.00,
RESUELVE:
UNICO:— Aprobar el Contrato suscrito el día 18 del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta, entre el Estado Dominicano, representado por el Doctor Jaime Antonio Guerrero Avila, Administrador General de Bienes Nacionales y el señor Etanislao Castillo Veloz, por virtud del cual el primero vende al segundo a) una porción de terreno situada en Los Tratrices, colonia de Villa Trina, común de Moca, Provincia Espaillat, con una extensión superficial de 80 tareas, por el precio de RD$60.00; y b) una porción de terreno situada en el mismo lugar con una extensión superficial de 20 tareas, por el precio de RD$15.00, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.