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Resolución

Resolución 3709

DEL CONGRESO NACIONAL, QUE APRUEBA UNA DONACION DE INMUEBLE PROPIEDAD DEL ESTADO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
19 dic de 1953fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 7661Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Isabel Cuesta de Aguiló (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuentitres; años 110º de la Independencia, 91º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. Resolución Nº 3709, del Congreso Nacional, que aprueba una donación de inmueble propiedad del Estado.— G. O. Nº 7331, del 23 de Febrero de 1954. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 3709. VISTO el inciso 21 del artículo 33 de la Constitución de la República; VISTO el Contrato suscrito el día veintiuno del mes de septiembre del año mil novecientos cincuenta y tres, entre el Estado Dominicano y la señora Isabel Cuesta de Aguiló, mediante el cual el primero dona a la segunda una casa tipo “A”, situada en la calle Proyecto número dos (2), del Barrio de Mejoramiento Social, de esta ciudad, R E S U E L V E : UNICO.— Aprobar el Contrato suscrito el día veintiuno (21), del mes de septiembre del año mil novecientos cincuenta y tres, entre el Estado Dominicano, representado por el Licenciado José A. Turull Ricart, Administrador General de Bienes Nacionales, y la señora Isabel Cuesta de Aguiló, por virtud del cual el primero dona a la segunda una casa tipo “A”, situada en la calle Proyecto número dos (2), Barrio de Mejoramiento Social, ubicada en el solar número diecisiete (17) de la manzana número quinientos setenta y cuatro (574), Porción “P”, del Distrito Catastral número uno (1) del Distrito de Santo Domingo, solar que tiene una extensión superficial de doscientos treinta y dos metros cuadrados, cincuenta decímetros cuadrados (232.50m2), que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona