Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
del año mil novecientos cincuenta y tres; años 110º de la Independencia, 91º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Presidente.
Julio A. Cambier,
Secretario.
José García,
Secretario.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta y tres; años 110º de la Independencia, 91º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 3699, del Congreso Nacional, que aprueba una donación de inmueble propiedad del Estado.— G. O. Nº 7661, del 23 de Febrero de 1954.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO 3699.
VISTO el inciso 21 del artículo 33 de la Constitución de la República;
VISTO el Contrato suscrito el día catorce del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta y tres, entre el Estado Dominicano, representado por el Doctor José A. Turull Ricart, Administrador General de Bienes Nacionales y el señor Marino Aguiló Cuesta, por virtud del cual el primero dona al segundo una casa tipo “A” situada en la calle William Morgan número tres (3), Barrio de Mejoramiento Social, ubicada en el solar número catorce (14) de la manzana número quinientos setenta y cuatro (574), Porción “P” del Distrito Catastral número (1) del Distrito de
Santo Domingo, solar que tiene una extensión superficial de trescientos veintidós metros cuadrados, veintiocho decímetros cuadrados, (322,28 m2),
RESUELVE:
UNICO: Aprobar el Contrato suscrito el día catorce del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta y tres, entre el Estado Dominicano, representado por el Doctor José A. Turull Ricart, Administrador General de Bienes Nacionales y el señor Marino Aguiló Cuesta, por virtud del cual el primero dona al segundo una casa tipo "A" situada en la calle William Morgan número tres (3), Barrio de Mejoramiento Social, ubicada en el solar número catorce (14) de la manzana número quinientos setenta y cuatro (574), Porción "P" del Distrito Catastral número uno (1) del Distrito de Santo Domingo, solar que tiene una extensión superficial de trescientos veintidos metros cuadrados, veintiocho decímetros cuadrados, (322.28 m2), que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.