Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
República Dominicana, a los diecinueve días del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta y tres; años 110º de la Independencia, 91º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
El Presidente:
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Pablo Otto Hernández.
Virgilio Hoepelman.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta y tres; años 110º de la Independencia, 91º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
Mario Fermín Cabral,
Vicepresidente en funciones.
Julio A. Cambier,
Secretario.
José García,
Secretario.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta y tres, años 110º de la Independencia, 91º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 3622, del Congreso Nacional, que aprueba el Contrato intervenido entre el Estado y el Banco de Crédito Agrícola e Industrial sobre las Rentas Lotería Nacional y Juego de Quinielas. — G. O. Nº 7601, del 1º de Septiembre de 1953.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO: 3622.
VISTO el inciso 21 del artículo 33 de la Constitución de la República;
VISTO el Contrato suscrito el día veinte del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta y tres, entre el Estado Dominicano, representado por el señor S. Salvador Ortíz, Secretario de Estado del Tesoro y Crédito Público y el Banco de Crédito Agrícola e Industrial de la República Dominicana.
RESUELVE:
UNICO:— Aprobar el Contrato suscrito el día veinte del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta y tres, entre el Estado Dominicano, representado por el señor S. Salvador Ortíz, Secretario de Estado del Tesoro y Crédito Público y el Banco de Crédito Agrícola e Industrial de la República Dominicana, por virtud del cual el primero concede a este último en administración y arrendamiento, las rentas públicas "Lotería Nacional" y "Juego de Quinielas", después de rescindir el día 18 de agosto del presente año de común acuerdo y por expresa renuncia del administrador arrendatario, los contratos que sobre dichas rentas se mantenían en vigor, que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.