Texto
Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
blica en Colombia; Carlos Federico Pérez y Pérez, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en Argentina; Félix W. Bernardino, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en Venezuela; y Rafael Comprés Pérez, como Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de la República, ante la Confederación Helvética.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta y tres; años 110º de la Independencia, 91º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Presidente.
Julio A. Cambier,
Secretario.
José García,
Secretario
Resolución Nº 3614, de la Cámara de Diputados, que autoriza la donación en favor del Estado de una porción de terreno propiedad de la Común de La Vega.— G. C. Nº 7675, del 3 de Abril de 1954.
LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA
REPUBLICA DOMINICANA
NUMERO 3614.
VISTA la Resolución votada por el Ayuntamiento de la Común de La Vega, de fecha catorce del mes de julio del año mil novecientos cincuenta y tres, que copiada a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona