Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.
Texto de la norma
año mil novecientos cincuenta y tres; años 110º de la Independencia, 90º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
El Presidente:
Porfirio Herrera.
Los Secretarios:
Pablo Otto Hernández,
Virgilio Hoepelman,
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis días del mes de julio del año mil novecientos cincuenta y tres; años 110º de la Independencia, 90º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Presidente.
Julio A. Cambier,
Secretario.
José García,
Secretario
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de julio del año mil novecientos cincuenta y tres, años 110º de la Independencia, 90º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Resolución Nº 3604, del Congreso Nacional, que aprueba un contrato entre el Estado y el Banco de Crédito Agrícola e Industrial sobre el traspaso de los Negociados de Mecanización Agrícola, y del Fomento y Cultivo del Sisal.— G. O. Nº 7587, del 29 de Julio de 1953.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO: 3604.
VISTO el inciso 21 del artículo 33 de la Constitución de la República;
ESTA
VISTO el Contrato suscrito el día 13 de julio de mil novecientos cincuenta y tres, entre el Estado Dominicano y el Banco de Crédito Agrícola e Industrial de la República Dominicana, por medio del cual el primero transfiere al segundo varios bienes de su propiedad;
RESUELVE:
UNICO: Aprobar el Contrato suscrito el día 13 de julio de mil novecientos cincuenta y tres, entre el Estado Dominicano, representado por el Licenciado J. A. Turull Ricart, Administrador General de Bienes Nacionales y el Banco de Crédito Agrícola e Industrial de la República Dominicana, representado por su Administrador General, señor Federico García Godoy, por virtud del cual el primero transfiere al segundo el Negociado de Mecanización Agrícola, con todo su equipo e inmueble, y el Negociado de Fomento y Cultivo del Sisal, con todo su equipo, muebles e inmuebles, por un valor de RD$4,500.000.00 (Cuatro millones quinientos mil pesos), que copiado a la letra dice así:
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.