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Resolución

Resolución 3571

DEL CONGRESO NACIONAL, QUE APRUEBA EL CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO Y EL SEÑOR AMADOR CISNEROS, ...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 jun de 1953fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 7573Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Monto
RD$335,000 · en el texto: «RD$335,000.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
mil novecientos cincuenta y tres; años 110º de a Independencia. 90º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo. El Presidente: Porfirio Herrera. Los Secretarios: Juan Arce Medina. J. Enrique Hernández, Secretario ad-hoc. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de junio del año mil novecientos cincuenta y tres, años 110º de la Independencia, 90º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. Resolución Nº 3571, del Congreso Nacional, que aprueba el Contrato suscrito entre el Estado y el señor Amador Cisneros, sobre la venta del Hotel Maguana.— G. O. Nº 7573, del 13 de Junio de 1953. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 3571. VISTO el inciso 21 del artículo 33 de la Constitución de la República; VISTO el Contrato suscrito el día cuatro del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y tres, entre el Estado Dominicano y el señor Amador Cisneros, por el cual el primero vende al segundo el Hotel Maguana, establecido en la ciudad de San Juan de la Maguana, RESUELVE: UNICO: Aprobar el Contrato suscrito el día cuatro del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y tres, entre el Estado Dominicano, representado por el Licenciado J. A. Turull Ricart, Administrador General de Bienes Nacionales y el señor Amador Cisneros, por virtud del cual el primero vende, condicionalmente, al segundo, el Hotel Maguana, establecido en la Ciudad de San Juan de la Maguana, incluyendo el edificio destinado al negocio, el solar donde está construido, y los accesorios, dependencias y mobiliario, por el precio total de RD$335,000.00, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona