Texto de la norma
Simó, como Secretario de Primera Clase de la Legación Dominicana en Tegucigalpa, Honduras.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y tres; años 110º de la Independencia, 90º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha,
Presidente.
Julio A. Cambier,
Secretario.
José García,
Secretario.
Resolución Nº 3561, del Congreso Nacional, que prorroga la actual legislatura ordinaria.— G. O. Nº 7569, del 3 de Junio de 1953.
EL CONGRESO NACIONAL
En Nombre de la República
NUMERO: 3561.
VISTO el artículo 29, inciso único de la Constitución de la República;
R E S U E L V E :
UNICO.— Prorrogar hasta por sesenta días más a contar del 28 de Mayo del corriente año, la actual legislatura ordinaria, iniciada el 27 de febrero de 1953.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y tres; años 110º de la Independencia, 90º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
El Presidente
Porfirio Herrera
Los Secretarios:
Juan Arce Medina.
J. Furcy Pichardo,
Secretario ad-hoc.
DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la Re-
pública Dominicana, a los veintisiete días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y tres; años 110º de la Independencia, 90º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
M. de J. Troncoso de la Concha, Presidente.
Julio A. Cambier, Secretario. José García, Secretario
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República;
PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo. Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de mayo del año mil novecientos cincuenta y tres, años 110º de la Independencia, 90º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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