jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 2628

DEL CONGRESO NACIONAL QUE APRUEBA LA VENTA DE UN INMUEBLE DEL ESTADO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 dic de 1950fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 7263Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Contraparte y monto

Contraparte
Juan Santos Polanco (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
GACETA OFICIAL 15 PROMULGO la presente Resolucion, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento DADA en Ciudad Trujillo Distrito de Santo Domingo, Capital de la Republica Dominicana los ve ntiseis dias del mes de diciembre del ano mil novecientos cincuenta años 10/o de la Independencia, 88? de la Restauracion y 21? de la Era de Trujillo RAFAEL L TRUJILLO Resolucion N? 2628 del Congreso Nacional, que aprueba la venta de un inmueble del Estado EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Republica NUMERO 2628 VISTO el inciso 21 del articulo 33 de la Constitucion de la Republica VISTO el Contrato intervenido el dia dieciocho del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta entre el Estado Dominicano y el señor Juan Santos Polanco, RESUELVE UNICO — Aprobar el Contrato intervenido el dia dieciocho del mes de noviembre del ano mil novecientos cincuenta, entre el Estado Dominicano y el señor Juan Santos Polanco, por el cual el primero vende al segundo TRES (3) porciones de terreno con un area total de DOSCIENTAS SETENTA Y OCHO (278) tareas dentro de la Parcela N? 1 del D C N? 5 de la comun de Moca lugar de Villa Trina Colonia Agrícola de Jamao por el precio total de RD$264 00, que copiado a la letra dice a 1 ENTRE LOS SEÑORES Dr JAIME A GUERRERO AVILA dominicano mayor de edad dotado de la cedula personal N? [cédula] sello N? 31233 para 1950 quien actua en su calidad de Administrador General de Bienes Nacionales en representacion del ESTADO DOMINICANO en virtud de poder especial otorgadole por el Honorable Señor Presidente de la Republica de fecha dieciseis de abril del ano 1950 de acuerdo con las leyes numeros 524 y 1832 de fecha 30 de Julio de 1941 y 3 de noviembre de 1948 de una parte y de la otra parte el señor JUAN SANTOS POLANCO dominicano segun declara dotado de la cedula personal numero [cédula] sello N? 203239 para 1950 mayor de edad agricultor domiciliado y residente en [domicilio omitido] se ha convenido y pactado el siguiente CONTRATO DE VENTA 1 — EL ESTADO DOMINICANO vende con las garan 18 GACETA OFICIAL tías de derecho en provecho del señor JUAN POLANCO SANTOS, los siguientes inmuebles a) Una porción de terreno constante de OCHO TAREAS, a razon de RD$0 50 la tarea, b) una porción de terreno constante de CIENTO OCHENTA TAREAS asi 160 (ciento sesenta) tareas a razon de RD$1 00 la tarea y 20 (veinte tareas) a razón de RD$0 50 la tarea y c) Una porcion de terreno constante de NOVENTA TAREAS a razon de RD$1 00 la tarea las tres porciones por un precio TOTAL de RD$264 00 (DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS ORO) que el comprador se obliga a pagar en la forma siguiente OCHENTA Y OCHO PESOS ORO (RD$88 00) que ha pagado en la Colecturia de Rentas Internas de la Provincia Espaillat segun recibo Nº 95209 de fecha dieciocho del mes de noviembre del año 1950 y el resto en un plazo de DOS AÑOS por partes iguales que vence los dias dieciocho del mes de noviembre de los años 1951 y 1952 Las porciones vendidas por medio del presente acto estan ubicadas en la parcela Nº 1 (numero uno) del Distrito Catas tral numero cinco (Nº 5) (antigua parcela Nº 34 del D C Nº 60 de la comun de Moca lugar de Villa Trina colonia agricola de Jamao amparada por el certificado de titulo Nº 28 2 — Este contrato se hace bajo las siguientes condiciones que acepta el comprador este se compromete a respetar las mejoras que dentro de las porciones vendidas hubieren fomentado terceras personas entendiendose que estas mejoras si las hubiere pertenecen a las personas que las hubieren fomentado estando el comprador en la obligación de comprarlas a dichas personas o a vender a dichas terceras personas la extension de terreno que compra al Estado Dominicano al mismo precio que el Estado Dominicano le ha vendido HECHO en tantos originales como partes interesadas en presencia de los testigos Francisco Jose Bido Abreu y Francisco Antonio Solano mayores de edad casados domiciliados y residentes en esta ciudad dotados de las cedulas numeros [cédula] sello Nº 207300 y [cédula] sello Nº 305104 para 1950 respectivamente en la ciudad de Moca comun cabecera de la Provincia Espaillat a los dieciocho dias del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta (1950) D Jaime A Guerrero Avila Administrador General de Bienes Nacionales Huellas Digitales de Juan Polanco Santos (no sabe firmar) Francisco Jose Bido A Testigo — Francisco Antonio Solano Testigo YO LICENCIADO JOSE DE JESUS OLIVARES Notario de los del numero para la comun de Moca con mi domicilio y Estudio abierto en esta ciudad en la calle Salcedo Nº 63 dotado de la cedula personal Nº [cédula], sello para este GACETA OFICIAL 17 año Nº 203972 doy fe y CERTIFICO que los señores JAIME A GUERRERO AVILA en su calidad de Administrador General de Bienes Nacionales y en representacion del ESTADO DOMINICANO y el señor JUAN POLANCO SANTOS, comparecieron en mi Estudio y por ante mi y el primero firmó en mi presencia el Contrato que antecede y el segundo estampo sus huellas digitales al pie del mismo por no saber firmar segun lo declara bajo fe de juramento ambos de las generales y cédulas personales que figuran en este contrato dominicanos segun declaran a quienes doy fe conocer todo en presencia de los testigos que firman con ellos Francisco Jose Bido Abreu y Francisco Antonio Solano tambien de las generales y cedulas ya expresadas En el original perteneciente al comprador he cancelado los siguientes sellos de Rentas Internas Uno del tipo de RD$2 00 y otro del tipo de RD$1 00 numeros 306012 y 899939 respectivamente para fines de legalizacion de firma En Moca a los dieciocho dias del mes de noviembre del ano mil novecientos cincuenta (1950) Doy fe Licdo Jose de Js Olivares Notario DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado en Ciudad Trujillo Distrito de Santo Domingo Capital de la Republica Dominicana a los catorce dias del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta anos 107º de la Independencia 88º de la Restauracion y 21º de la Era de Trujillo M de J Troncoso de la Concha Presidente Agustin Aristy Secretario Julio A Cambier Secretario DADA en la Sala de Sesiones de la Camara de Diputados en Ciudad Trujillo Distrito de Santo Domingo Capital de la Republica Dominicana a los veinte dias del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta anos 107º de la Independencia 88º de la Restauracion y 21º de la Era de Trujillo El Presidente Porfirio Herrera Los Secretarios Federico Nina hijo Rafael Ginebra Hernandez RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la Republica Dominicana En ejercicio de la atribucion que me confiere el articulo 49 inciso 3º de la Constitucion de la Republica PPOMULGO la presente Resolucion y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento 18 GACETA OFICIAL DADA en Ciudad Trujillo Distrito de Santo Domingo Capital de la Republica Dominicana a los veinticinco dias del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta años 107° de la Independencia 98° de la Restauracion y 21° de la Era de Trujillo RAFAEL L. TRUJILLO Resolucion No 2629 del Congreso Nacional que aprueba la venta de un inmueble del Estado EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Republica

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona