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Resolución

Resolución 3804

DEL CONGRESO NACIONAL, QUE APRUEBA EL ACUERDO COMERCIAL SUSCRITO ENTRE LA REPUBLICA DOMINICANA Y LA ...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 abr de 1954fecha
Tratado o acuerdo internacionaltipo
G. O. 7691Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
dependencia, 91º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo. El Presidente: Porfirio Herrera. Los Secretarios: Pablo Otto Hernández. Virgilio Hoepelman. DADA en la Sala de Sesiones del Palacio del Senado, en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de abril del año mil novecientos cincuenta y cuatro; años 111º de la Independencia, 91º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo. Mario Fermín Cabral, Vicepresidente. Julio A. Cambier, Secretario. José García, Secretario. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Resolución, y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de abril del año mil novecientos cincuenta y cuatro, años 111º de la Independencia, 91º de la Restauración y 24º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. Resolución Nº 3804, del Congreso Nacional, que aprueba el Acuerdo Comercial suscrito entre la República Dominicana y la República Italiana. G.O.Nº 7691, del 8 de mayo de 1954. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la República NUMERO 3804. VISTO el inciso 15 del artículo 33 de la Constitución de la República; VISTO el Acuerdo Comercial suscrito entre la República Dominicana e Italia, en esta Ciudad Trujillo, el día 18 de febrero del año 1954, por sus plenipotenciarios respectivos, Dr. Joaquín Balaguer, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores y Culto, por la República Dominicana, y Su Excelencia el señor Antonio Cottafavi, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Italia en la República, RESUELVE: UNICO.— Aprobar el Acuerdo Comercial suscrito entre la República Dominicana e Italia, en esta Ciudad Trujillo, el día 18 de febrero del año 1954, por sus plenipotenciarios respectivos, Dr. Joaquín Balaguer, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores y Culto, por la República Dominicana, y Su Excelencia el señor Antonio Cottafavi, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Italia en la República, que copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona