Texto de la norma
Núm. 5063.—RESOLUCION del P. E. que declara zona agrícola los terrenos denominados "Los Naranjos" (Baní).—G. O. Núm. 2290 del 24 de Abril 1912.
ELADIO VICTORIA, Presidente de la República.
Vista la instancia que en fecha 16 de Enero de 1912 elevan varios habitantes de la sección de "Los Naranjos", común de Baní, provincia de Santo Domingo;
Considerando: que los solicitantes constituyen la mayoría de los propietarios de dicha sección;
Considerando: que los mencionados terrenos de "Los Naranjos" tienen condiciones propicias á la industria agrícola y que es deber de los gobiernos propender al desarrollo de la agricultura por cuanto ella significa progreso y engrandecimiento de la República; y
Visto el artículo 74 de la Ley de Policía,
RESUELVE:
1º Declarar zona agrícola los terrenos denominados "Los Naranjos", ubicados en la común de Baní y que tienen los siguientes límites:
Partiendo del "Cupei del Recodo" hasta llegar al río de Ba-ní; río abajo hasta la cañada del "Bejucal", siguiendo la cuchi-lla del mismo "Bejucal", arriba hasta llegar al "Cupei de las Lla-guas".
2º Los dueños de crianza de animales fuera de cerca esta-rán obligados á sacar éstos de la sección de "Los Naranjos" declarada zona agrícola, en el término de un año á partir de la fecha de la presente Resolución.
Dada en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la Repú-blica, á los diez y seis días del mes de Abril del 1912, año 69 de la Independencia y 49 de la Restauración.
E. VICTORIA.
Refrendada: El Secretario de Estado de Agricultura é Inmigración: Luis Pelletier.
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