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Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 2446

DEL CONGRESO NACIONAL QUE APRUEBA UNA VENTA DE INMUEBLE PROPIEDAD DEL ESTADO.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 jul de 1950fecha
Venta, donación o permuta de inmueblestipo
G. O. 7160Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
Rwolucibn N? 2244, del C o n ~ m NacIonal qua apru~b? la vanta de ua Inmueble del Eatsda BL CONGRESO NACIONAL En N&m de la Republ~ea VISTO el Inelso 21 del articulo 33 de la Const~tucldn de la Repubhca VNTO el Contmto suscnto el d ~ a 13 de abrll de 1950 en tre el &tad0 Dominlcano representado par el !&or Llcencla do Ml~uel Angel Rcdnguez Pereyra Director General de B# nes Nac~onales v el sefior Amable Cruceta por vlrtud del cual el prlmero vende al segundo en la sums de RD$MXI 00 una porelbn de terreno de 100 tareas dentro de la p a d a NQ 44, del D C Nq 123 comun y provlncla de La V . R E S U E L V E UNICO - Aprobar $ Contrato suscr~to el dia 13 de abril de 1960 entre el Estado Domlmcano reoresentado oor el se iior Llcenclado Mlguel Angel Rcdrlguez Pereyra Director Ge neral de Blenea Nacionales y el seiior Amable Cruceta por vlr tmd det cual el pnmero vende al segundo en la surna de RD$ 500 00 una porc16n de terreno de 100 tareas dentro de la Par cela NQ .44 del D C N'J 123 comun y provinela de La Vega sue couiado a la letra d~ce as1 DOCTOR JUAN BAUTlSTA YEPEZ F'ELIZ kBwADO VOTARIO PU'BLICO DE LOS DEL NUMERO DEL DISTRI TO DE SANTO DOMING0 CERTIFICA Y DA FE QUE POR ANTE EL P ~ O EL ACTO SIGUIENTE - ACTO NUMERO VEINTIUNO (21) - En Cludad Truy 110 Dlstr~to de Santo Domlngo capltal de la Repiibl~ca Dom~ nleana a 10s treee (13) dlas del mes de Abr~l del aiio mll nove c~entos clncuenta (1950) - Ante mi DOCTOR JUAN BAU TISTA YEPE7 FELIZ Notano Publ~co luramentado para - lercer tales fqnc~ones en el Dtstr~to de Santo Dom~ngo con ml domlalio y resldencla en eata ctudad portador de la cedula per sonal de ~dent~dad numero cinco m11 setecientos ochenta y tred 15783) sene unmera renovada para el comente aRo eon s, Ilo de Rentas Internas numero 01851 v wn ESTUDIO ablerto en el Apartam~ento numero dosclentos'ocho (208) en el wgun do plao del EDLFICIO COPELLO el cual esta situado en la calle EL CONDE esqulna a SANCHEZ de esta ciudad as]-t~do de 10s testigos que despues seran nombrados COMPA RECIEWN - EL ESTADO DOMINICAN0 deb~damente re presentado por el Lieenclad0 M~guel Angel RDdnguez Perey ra domlnlcano mayor de edad casado domtcll~ado y reslden te en esta ciudad portador de la cedula personal de ident~dad numero cuatroc~entos clncuenta (450) sene velnt~tres (23) renovada para el eornente afio con sello de Rentas Internas GAWI'A OFICUU, numero 10026, funelonando regularmente en su cond1u6n d3 Director General de B~enca Nauonales y en vlrtud de poder es pecial otor@adols en fecha tre~nta y uno (81) de Mayo del ano nu1 noveclentw cincuenta (1960), por el Excelentfsimo Sefior Presldente de la Republics, Generahslmo Doctor Rafael Leon1 dae Tmjlllo y Mollna de tonfornudad con lae leyes numew* quinlentos vemticuatro (624) y nu1 ochocientos treinta y do3 (1832) del tre~nta (30) de Junio de mil novecientos cuarent? y uno (1941) y del tres (3) de Novlembre de mll noveelentos cuarenta y ocho (194S) el cual he tenldo a la vista y devueIto por contener otras d~swsiciones da UNA PARTE y el aefio- Amable Cruceta domnleano mayor de edad agrwultor casa do con la 8eiiora Josef~na Sandoval dom~cillado y resldente en Jlma Abajo lulladlccldn de la comun y Provlncla de La Vega portador de la ceduh personal de identldad numero cmco m11 aummentos sesenta y ocho (5568) sene cuarenta y mete (.UD debldamente renovada para el comente afio con sello de Ren tas Internag numem 185824 DE LA OTRA PARTE se ha eon venldo en el simbente eontrato de venta- EL W A D 0 DO MINICANO wnde cede y transfiere desde ahora y para slem pre eon todae lag garanhas de derscho en favor del seiior A mable Cruceta qulen acepta el slgulente ~nmueble de su pro pledad que se describe a contlnuacion Clen (100) tareas d~ terreno dentro del ambito de la Pa~.cela numem cuarenta y cuatro (44) del Dlstnto Catastral numero c~ento ve~ntltres (123) de la cdmun y Provmc~a de La Vega con 10s s~gulentes l~nderos - Al Norte y a1 Oeste resto de la mlsma Parcels, numero cuarenta y cuatro (44) a1 Sur LUIS E Webber Medi na y al Este t e o 'Platanltos - Este inmueble es propledad del ESTADO DOMINICAN0 en vlrtud de sentenc~a de adrud~ caclon heeha en su favor de fecha once (11) de Enem del aii3 en curso pronunc~ada por la Camara C~vil y Comerctal del Juz xado de Pnmera Instanc~a del Dlstr~to Jud~c~al de la Provln cla de La Vega transcnta el d~ez y nueve (19) de Enero del aRo mll novec~entos c~ncuenta bajo el numero vexnte (20) del l~bro de transcr~pclones tom0 c~ento sesenta y sels (1661 fo 110s clento ochenta y ocho 1188) a1 ciento noventa v cuatro (194) I ~ P la Conservadur~a de Hlpotacas y Direcc~on del Reg18 tro C~vil La Vega - La poreion vendlda se encuentra ocupa da por el comprador senor Amable Cruceta sendo dest~nada a flnes ag lcolas -El preclo de la venta ha s ~ d o convenl3o en la suma dt qumientos peaos (RD$ SOD 001) moneda de curso legal y la c tal el comprador se ha compromet~do y obllgado a tpsgar en la aigu~enta forma a) - La cantldad de uento se senta y se~s pesos con sesenta y mete centavos (RD$166 67) moneda de CL 1-80 legal oue representa la Cercera part* del pre ew de venta tle conformldad con la ley en dlnero efect~vo que el FSTADO D OMINTCANO ha nec~b~do de mauos del compra dor sefior Amable Cruceta segun ae evldenc~a por el Rec~bc IFormu'ar~o nur lero 104666 expedldo por la Goleetuna de Ren 14 GACETA OFICIAL tas Internas de Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo que comprueba el deposito de igual suma en favor del ESTA DO DOMINICANO, y por cuya cantidad le otorga con la fir ma de este acto, el más eficaz recibo de descargo, y b) — El resto de trescientos treinta y tres pesos con treinta y tres cen tavos (RD$ 333 33) moneda de curso legal al vencimiento del termino de tres (3) años a partir de la fecha de este acto, o sea el pago de la suma de ciento once pesos con once centavos (RD$ 111 11) los dias trece (13) del mes de Abril de los años mil novecientos cincuenta y uno (1951) mil novecientos cin cuenta y dos (1952) y mil novecientos cincuenta y tres (1953) Para la garantia del pago de la suma adeudada por el compra dor señor Amable Cruceta este concede al vendedor EL ES TADO DOMINICANO el privilegio que le acuerda el articulo dos mil ciento tres (Art 2103) del Código Civil autorizando la realización de la inscripción correspondiente — Hecho y firma do en mi ESTUDIO el mismo dia mes y año arriba indicados en presencia de los señores Rafael Buenaventura Santos y Lu na y Ramon Aristides Febles portadores de las cedulas de identidad personal numeros tres mil quinientos sesenta y seis (3566) y cincuenta y dos mil ochocientos veintitres (52823) series primera debidamente legalizadas para el corriente año con sellos de Rentas Internas numeros 10074 y 125003 domi nicanos mayores de edad de este domicilio y residencia tes tigos instrumentales requeridos al efecto libres de excepcio nes quienes despues de lectura dada y aprobada por las par tes firman junto con el Licenciado Miguel Angel Rodriguez Pereyra en su preindicada calidad y presencian la impresion de las huellas digitales del señor Amable Cruceta por haber de clarado no saber escribir estampando dichas huellas digitales de todo lo cual doy fe — Doctor Juan Bautista Yepez Feliz Notario Publico de los del numero del Distrito de Santo Do mingo — (Firmados) Licenciado Miguel Angel Rodriguez Pe reyra — Huellas digitales del señor Amable Cruceta — Rafael Buenaventura Santos y Luna — Ramon Aristides Febles — Dr Juan Bautista Yepez Feliz Notario TRANSCRITO En la ciudad de La Vega Provincia de La Vega el dia doce (12) del mes de Mayo del año mil nove cientos cincuenta (1950) bajo el numero ciento sesenta y seis (166) en el libro de Transcripciones tomo ciento sesenta y ocho (168) folios ciento seis al ciento quince (106 al 115) d la Conservaduria de Hipotecas y Direccion del Registro Civil de La Vega Provincia de La Vega ES COPIA FIEL Y CONFORME A SU ORIGINAL AL CUAL ME REMITO QUE REPOSA EN MI PROTOCOLO DE ESTE AÑO LA QUE A PEDIMENTO DE PARTE INTERE SADA LEGITIMA EXPIDO SELLO Y FIRMO en Ciudad Trujillo Distrito de Santo Domingo capital de la Republica Dominicana a los cinco dias del mes de Junio del año mil no GACETA O H C U veclentw cmcuenta (1950) - Doctor Juan Bautrsts Yepez Fe lte ABOGADO Y NOTARfrO PUBLIC0 Cedula Nq [cédula] sello de Rentas Internas NQ 01851/50 ' DADA en la SrJa de Sealanes de la C6rnara de D~putados en Cludad Truj~llo Dlstnto de Santo Domrngo Cap~tal de Li Republlca Domlnicana a 10s velntlun d ~ a s del men de junlo dkl aiio mll novecientos clncuenta afios 1WQ de la Independenc~a 879 de la Restaurauon y 219 de la Era de TNjillo EI Pres~dente PoFfino Herrera Los Secretaries Federlco N~na h13o Rafael Ginebra Herdndez DADA en la Sala de Ses~ones del Palaclo del Senado e i Cludad Trujlllo Distrlto de Santo Dormngo Cap~tai de la Re publica Domlnicana a 10s cuatro diaa del mes de jul~o del aiiq m l novecientos clncuenta afiw 1 N ' V de la Independencia 879 de la Restaurac~on y 219 de la Era de Trujillo M de J Troncoso de la Concha Agust~n Artsty Pres~dente Secretario Carlos R Golco Secretar~o RAFAEL LEONIDAS TRUJILU) MOLY.NA PRsidente de la Rep~ibhca Domheana En eleraclo de la atr~bucih que me confiere el tnciso 39 del artleulo 49 de la Consbtuclon de la Republlea PROMULGCI la presente Resolp6n y mando que sea pub11 cada en la Gaceta Oficid psra su conocirmento y eumphrmento DADA en Cludad Truj~llo Dlstnto de Santo Domlngo Ca pltal de la Repubhca Domnleana a 10s ocho dias del mes de J U ~ O del aiio mtl noveeientos c~ncuenta afios 1079 de la Inde pendencia 879 de la Restaurac~bn y 219 de la Era dC Truj~llo RAFAEL L TRUJILLO Rssolucion Nv M47 d d Cmm3c.o NmOIUI we aprueba la venk de un inmueble do1 Entado EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Repubhea NUMERO 2447 VlSTO el inc~m 21 del articulo % dde 1s Conatltuc~on de la RepuLl1ca 1 ISTO el Contrato sumto el db 24 & mayo de 1960 en k e e Eatado Dominicano, representado par el hwncfado M

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona