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Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 1488

ANULA EL CONTRATO DE EMPRESITITO, FECHA 21 DE JULIO DE 1875

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 ene de 1876fecha
Préstamo o financiamientotipo
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
George O. Glavis (persona)

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
Núm. 1488.—RESOLUCION del P. E. anulando el contrato de empréstito, fecha 21 de Julio de 1875. (1) Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ignacio María González, Presidente de la República. Por cuanto la Cámara Legislativa sancionó, en fecha 21 de Julio de 1875, el contrato celebrado por el Gobierno de la República con el señor George O. Glavis para la contratación de un empréstito por valor de cinco y medio millones de pesos sobre el crédito de la Nación, estipulándose en los artículos 10 y 11 que el señor Glavis entregaría al Gobierno la suma de cien mil pesos en giros á 90 días vista contra los Sres. Montz Budge y Rindskops Brothers del comercio de Francfort on the Mein, como garantía del cumplimiento de este convenio en todas sus partes, quedando éste nulo y sin ningún valor por solo el hecho de no ser las letras de cambio aceptadas con ofrecimiento formal de pago; y por cuanto remitidas las libranzas á Francfort para su aceptación, ésta fué negada según consta en documento otorgado ante notario público, y muy especialmente por girarse contra una razón social que no existe; pues el señor Montz Bud- (1) V. Núm. 1436. ge es un negociante y los Sres. Rinscopt Brothers casa distinta de Banco. Por tanto, vistos los artículos 10 y 11 y su párrafo único del contrato celebrado entre el señor Ministro de Hacienda, en representación del Gobierno Dominicano, y el señor George O. Glavis, RESUELVO: Declarar, como declaro nulo, de ningún valor ni efecto el contrato sancionado por la Cámara Legislativa en fecha 21 de Julio de 1875, para la contratación de un empréstito sobre el crédito de la Nación por cinco y medio millones de pesos. Resuelto en Santo Domingo, Capital de la República, á los 8 días del mes de Enero de 1876, año 32 de la Independencia y 13 de la Restauración.—Ignacio M. González.—Refrendado:—El Ministro de lo Interior y Policía, Pedro T. Garrido.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona