Texto de la norma
Núm. 1881.—RESOLUCION del P. E. creando un "Boletín Judicial".
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Fernando A. de Meriño, Presidente de la República.
Atendiendo: á que la Gaceta Oficial, destinada á promulgar las leyes de la República, no puede dar abasto con la debida oportunidad á la publicación de los actos de los tres Poderes del Estado.
Atendiendo: á que el Poder Judicial, uno de los tres en que se refleja la soberanía de la nación, y cuyo ejercicio es permanente, carece de un órgano para la promulgación exclusiva de los actos de su competencia.
Atendiendo: á que las sentencias de la Suprema Corte de Justicia son las que establecen jurisprudencia en la República, y que urge divulgarlas para que lleguen á conocimiento de los tribunales inferiores, que están obligados á coleccionarlas según el artículo 25 de la ley orgánica en vigor,
RESUELVE:
Art. 1º Se crea un "Boletín Judicial", que se publicará quincenalmente, en que se insertarán las sentencias de la Suprema Corte de Justicia, la crónica de los tribunales inferiores, los datos estadísticos y demás actos judiciales.
Art. 2º La Suprema Corte de Justicia resolverá todo lo que corresponda á la dirección y redacción de dicho Boletín, de acuerdo con el Ministro del ramo.
Art. 3º Los Secretarios de Justicia, Fomento é Instrucción Pública, y de Hacienda y Comercio, quedan encargados de la ejecución de este acuerdo.
Dada en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República, á los seis días del mes de Octubre de 1880; año 37 de la Independencia y 18 de la Restauración.—Fernando A. de Meriño.—Refrendado: El Secretario de Estado de Justicia, Fomento é Instrucción Pública, Elíseo Grullón.—Refrendado: El Secretario de Estado de Hacienda y Comercio, R. R. Boscowitz.
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