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Resolución

Resolución 2

JUNTA CENTRAL ELECTORAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 sept de 1959fecha
Otrastipo
G. O. 8406Gaceta Oficial

Texto

Texto de la norma
30 GACETA OFICIAL En ejercicio de las atribuciones que me confieren el artículo 54 de la Constitución de la República y las Leyes de Emergencia antes citadas, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Los sueldos del Presidente y del Vicepresidente de la República, de los Secretarios y Subsecretarios de Estado y los demás sueldos de los funcionarios y empleados de la Administración Pública e Instituciones Oficiales, que lleguen o pasen de RD$900.00 mensuales, así como las asignaciones consignadas dentro de estos mismos límites en provecho de los jubilados y pensionados, quedan reducidos en un 15% de su monto a partir del día 1º del próximo mes de octubre. Art. 2.—La economías resultantes de la aplicación de los descuentos descritos en el artículo precedente, pasarán a formar parte del Fondo de la Reserva Presupuestal para los fines legales del mismo. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de septiembre del mil novecientos cincuenta y nueve, años 116º de la Independencia, 97º de la Restauración y 30º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. República Dominicana —JUNTA CENTRAL ELECTORAL. Resolución Nº 2 de 1959. La JUNTA CENTRAL ELECTORAL, en ejercicio de sus funciones y de conformidad con la atribución que le confiere el artículo 77 y siguientes de la Ley Electoral; Visto el escrito depositado en la Secretaría de este alto organismo el día 21 de Septiembre cursante (1959), por el propio Presidente de la Junta Central Directiva del Partido Dominicano, y de su firma, acompañado del Secretario de la indicada agrupación política, y en cuyo texto se le formulan propuestas de candidatos para miembros de una Asamblea Revisora de la Constitución, elegibles en los co- A OFICIAL 31 rios que habrán de tener lugar conformidad con las disposicio- da 10 de Septiembre cursante uiente día; que acompañan el mencionado erida propuesta se ajusta a las Electoral le conciernen; E L V E : PRIMERO: Aprobada la indicada propuesta de 61 candidatos del Partido Dominicano a miembros de la Asamblea Revisora de la Constitución que habrá de reunirse el 6 de Noviembre de 1946 (Día de la Constitución), en la Ciudad Trujillo, de San Cristóbal. SEGUNDO: Disponer que la presente Resolución sea comunicada dentro de las próximas veinticuatro horas al Presidente de la Junta Directiva del Partido Dominicano, para los fines de su interés. DADA en la sala de sesiones de la Junta Central Electoral, en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días (23) del mes de Septiembre de 1946; Año 103 de la Independencia, 97° de la Restauración y 20° de la Era de Trujillo. Miguel Roques Román, Presidente. Manuel Ramón Ruiz Tejada, Vocal Aníbal J. Arache, Vocal Damián Báez B., Vocal Julio H. Hochman, Secretario Vocal Juan Arce Medina, Miembro Político del Partido Dominicano Alfonso ... Mueses, Secretario 32 GACETA OFICIAL ACTO DE DONACION EN FAVOR DE LA SOCIEDAD SALESIANA Por acto auténtico N° 5 de fecha 29 de mayo de 1959, instrumentado por el Notario Público de los del número del Distrito Nacional, señor Luis E. Pou Henríquez, el Estado Dominicano, representado por el Dr. José A. Quezada T., Director General de Rentas Internas y Bienes Nacionales, según poder de fecha 12 de mayo de 1955, expedido por el Excelentísimo Señor Presidente de la República, donó a la Sociedad Salesiana, el siguiente inmueble: "Una extensión superficial de 78 tareas de terreno, dentro de la parcela N° 2 de Moca, Provincia Espaillat, Distrito Catastral N° 2, y todas sus mejoras ubicadas en dicho terreno consistentes en una casa de maderas, techada de zinc, con sus anexidades y dependencias". El inmueble objeto de esta donación, ha sido valorado por la suma de RD$11,500.00. Esta venta fué aprobada por el Congreso Nacional en virtud de Resolución N° 5190, de fecha 13 de agosto de 1959. Este extracto se publica de acuerdo con las disposiciones de la Ley N° 3563, de fecha 30 de mayo de 1953, y cuanto en el se expresa es fiel y conforme con el ACTO correspondiente, todo lo cual CERTIFICO. Dr. José A. Quezada T., Director General de Rentas Internas y Bienes Nacionales. "ERA DE TRUJILLO" Ciudad Trujillo, D.N.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona