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Resolución

Resolución 40

CONTROL DE PRECIOS DEL PETROLEO, GASOLINA Y DEMAS DERIVADOS DEL PETROLEO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 mar de 1960fecha
Concesióntipo
G. O. 8466Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Monto
RD$320 · en el texto: «RD$0.320»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Texto de la norma
16 GACETA OFICIAL la Era de Trujillo, para los fines que establece la ley acerca del procedimiento de contumacia. RAF. REYNALDO CASTRO SABINO, Secretario. SECRETARIO DE ESTADO SIN CARTERA CONTROL DE PRECIOS DEL PETROLEO, GASOLINA Y DEMAS DERIVADOS DEL PETROLEO RESOLUCION N° 40 El señor MANUEL DE MOYA ALONZO, Secretario de Estado Sin Cartera, en sus funciones de Control de Precios del Petróleo, Gasolina y demás Derivados del Petróleo, según Decreto del Poder Ejecutivo Número 5540 de fecha 16 de febrero de 1960; VISTAS las bajas ocurridas en refinería en la Kerosina, los cuales ameritan una revisión en los precios autorizados por este Contról para la venta de dicho pruducto en el país; CONSIDERANDO que es de interés nacional mantener regulados los precios máximos de venta de los productos derivados del petróleo, relación apropiada con los factores que intervienen en la integración del costo de tales productos; RESUELVE: 1.—Fijar, para las compañías distribuidoras radicadas en el país, el precio máximo de venta al por mayor de la Kerosina en RD$0.3202 por galón, o sea RD$0.0060 menos que el precio que rige actualmente, establecido por la Resolución de este Contról N° 38, del 26 de enero de 1960. 2.—El precio anteriormente señalado comenzará a ser efectivo a partir del día 1° de abril de 1960. 3.—La presente Resolución será publicada, para los fines de general conocimiento, en la Gaceta Oficial y en el periódico "El Caribe". DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de marzo del año mil novecientos sesenta; 117° de la Independencia, 97° de la Restauración y 30° de la Era de Trujillo. MANUEL DE MOYA ALONZO, Secretario de Estado Sin Cartera, Control de Precios del Petróleo, Gasolina y demás Derivados del Petróleo.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona