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Abriendo la resolución…

Resolución

Resolución 6167

DEL CONSEJO DE ESTADO QUE APRUEBA UN CONTRATO SUSCRITO ENTRE EL ESTADO Y LA INDUSTRIA DE ACERO, C X ...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 ene de 1963fecha
Contrato o conveniotipo
G. O. 8733Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Contraparte y monto

Contraparte
INDUSTRIA DE ACERO
Monto
RD$500,000 · en el texto: «RD$500,000.00»

Leídos del texto de la norma: verifícalos en el documento original.

Texto

Se omite la copia íntegra del contrato aprobado (trae datos personales de las partes): está en el documento original.

Texto de la norma
José Fernández Caminero, Miembro RAFAEL F. BONNELLY Presidente de la República Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 119 (transitorio) de la Constitución de la República; PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial para su conocimiento y cumplimiento. DADA por el Consejo de Estado, en el Palacio Nacional, Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de enero de mil novecientos sesenta y tres; años 119o de la Independencia y 100o de la Restauración. RAFAEL F. BONNELLY Resolución No. 6167, del Consejo de Estado, que aprueba un Contrato suscrito entre el Estado y la Industria del Acero, C. por A., sobre la explotación de minerales. G. O. No. 8733, del 26 de enero de 1963 REPUBLICA DOMINICANA EL CONSEJO DE ESTADO En Nombre de la República NUMERO: 6167 VISTOS los artículos 38, inciso 20, 95 y 117 (transitorio) de la Constitución de la República; VISTO el contrato de fecha 4 de enero de 1963, suscrito por el Estado Dominicano, representado por el Secretario de Estado de Industria y Comercio, señor Ramón Imbert Rainieri y la Industria del Acero, C. por A., debidamente representada por el señor Ferrer López Guzmán, en virtud del cual dicha empresa se compromete a llevar a cabo un programa integral para el desarrollo de la explotación minera de la concesión para mineral de cobre y asociados (oro, plata, molibdenita, etc.), con fines de industrialización: R E S U E L V E : UNICO'- Aprobar el contrato arriba indicado el cual copiado a la letra dice así:

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona