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Resolución

Resolución 67-07

que prorroga por sesenta (60) dias, a partir del 28 de mayo de 2007, la actual Primera Legislatura Ordinaria iniciada el 27 de febrero del ano en curso

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 jun de 2007fecha
Otrastipo
G. O. 10419Gaceta Oficial
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Res. No. 67-07 que prorroga por sesenta (60) dias, a partir del 28 de mayo de 2007, la actual Primera Legislatura Ordinaria iniciada el 27 de febrero del ano en curso. EL CONGRESO NACIONAL En Nombre de la Republica Res. No. 67-07 CONSIDERANDO: Que la presente legislatura, correspondiente a la Primera Legislatura Ordinaria, concluye el proximo 27 de mayo del 2007 y estan pendientes de conocimiento y sancion varios proyectos de sumo interes nacional; CONSIDERANDO: Que el Articulo 33 de la Constitucion de la Republica dispone que: “Las Camaras se reunirin ordinariamente el 27 de febrero y el 16 de agosto de cada aiio y cada legislatura durara noventa dias, la cual podra prorrogarse hasta por sesenta dias mas”; CONSIDERANDO: Que se hace necesario prorrogar la presente legislatura, a 10s fines de continuar sin intermpcion el conocimiento y sancion de importantes iniciativas legislativas. VISTO: El Articulo 33 de la Constitucion de la Republica R E S U E L V E : UNICO: PRORROGAR por sesenta (60) dias, a partir del 28 de mayo del aiio 2007, la actual Primera Legislatura Ordinaria iniciada el 27 de febrero proximo pasado. DADA en la Sala de Sesiones del Senado, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s quince (15) dias del mes de mayo del aiio dos mil siete (2007); aiios 164 de la Independencia y 144 de la Restauracion. Reinaldo Pared Pkrez Presidente Diego Aquino Acosta Rojas Secretario Dionis Alfonso Sanchez Carrasco Secretario Ad-Hoc. DADA en la Sala de Sesiones de la Camara de Diputados, Palacio del Congreso Nacional, en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, a 10s veinticuatro (24) dias del mes de mayo del aiio dos mil siete (2007); aiios 164" de la Independencia y 144" de la Restauracion. Julio C6sar Valentin Jiminian Presidente Ydenia Don6 Tiburcio Secretaria Ad-Hoc. Teodoro Ursino Reyes, Secretario LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica. PROMULGO la presente Resolucion y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento. DADA en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, a 10s cuatro (4) dias del mes de junio del aiio dos mil siete (2007), aiios 163 de la Independencia y 144 de la Restauracion. LEONEL FERNANDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona