Texto de la norma
Núm. 5510.—RESOLUCION del P. E. que autoriza a la Junta de Caridad Padre Billini a hacer transacciones, condonaciones y cancelaciones en cuanto a ciertas deudas a su favor.—G. O. Núm. 2762 del 20 de Diciembre 1916.
FRANCISCO HENRIQUEZ Y CARVAJAL, Presidente de la República.
Vista la instancia de la Junta de Caridad "Padre Billini", Administradora de las Loterías para el sostenimiento de las casas de Beneficencia, Orfelinato y Manicomio, elevada al ejecu-
tivo por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior y Policía, en fecha 10 de Noviembre del año en curso, con la cual se pide la autorización indispensable "para purgar el activo con que cuenta para el sostenimiento de los tres asilos que ella administra, condonando o cancelando las acreencias representadas por pagarés ya prescritos, por ser los suscribientes personas desaparecidas o de notoria pobreza.
Visto el Art. 2045 del Código Civil,
RESUELVE:
Se autoriza a la Junta de Caridad "Padre Billini", Administradora de las Loterías para el sostenimiento de los asilos de Beneficencia, Orfelinato y Manicomio, para que haga validamente las transacciones, condonaciones y cancelaciones, respectivas, en cuanto a las deudas de personas desaparecidas o de notoria insolvencia y cuyas deudas procedan del negocio o de la venta de billetes de las Loterías a cargo de dicha Junta.
Dada en Santo Domingo, Capital de la República, a los diez y siete días del mes de Noviembre de 1916; años 73° de la Independencia y 54° de la Restauración
Dr. HENRIQUEZ Y CARVAJAL.
Comunicada:
Federico Henríquez y Carvajal,
Secretario de Estado en los Despachos de lo Interior y Policía.
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