sábado, 17 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 5425

QUE AUTORIZA LA TRANSACCION DE UNA LITIS ENTRE LA JUNTA DE CARIDAD PADRE BILLINI Y CESAREO GARCIA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 jul de 1915fecha
Otrastipo
G. O. 2627Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 5425.—RESOLUCION del P. E. que autoriza la transacción de una litis entre la Junta de Caridad Padre Billini y Cesáreo García.—G. O. Núm. 2627 del 24 de Julio 1915. JUAN I. JIMENES, Presidente Constitucional de la República. Vista la instancia elevada por la Junta de Caridad "Padre Billini", por la cual solicita se le autorice para transar una litis que sostiene con el señor Cesáreo García, domiciliado en Arecibo, Isla de Puerto Rico, relativa al pago del premio de diez mil pesos oro con que fué agraciado el número mil doscientos sesenta y seis, en el sorteo del 17 de Agosto de 1913, y en la cual litis, la Junta de Caridad "Padre Billini" fué condenada por el Juzgado de Primera Instancia de Santo Domingo, á pagar al señor Cesáreo García la expresada cantidad más los intereses legales y los costos del procedimiento; Vista la expresada sentencia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, su fecha 13 de junio de 1914; Vistos los términos del Proyecto de transacción por el cual la Junta de Caridad "Padre Billini" se obliga a pagar de contado al señor Cesáreo García la cantidad de cinco mil pesos oro más los costos judiciales; y el resto, o sean los otros cinco mil pesos en un plazo de cuatro meses; y el señor García renuncia al cobro de los intereses legales; Visto el Art. 2045 del Código Civil, en su parte final; RESUELVE: Autorizar a la Junta de Caridad "Padre Billini" para que pueda transar la litis que sostiene con el señor Cesáreo García dentro de los términos enunciados, y faculta a dicha Junta para levantar los primeros cinco mil pesos oro que debe pagar de contado, por medio de su crédito y con las garantías necesarias. Dada en Santo Domingo, Capital de la República, á los 20 días del mes de Julio de 1915; año 72 de la Independencia y 52 de la Restauración. J. I. JIMENES. Refrendada: E. Brache hijo.—Secretario de Estado de lo Interior y Policía.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona