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Resolución

Resolución 5422

RESOLUCION del P. E. que crea una comisión de Enviados Extraordinarios y Ministros Plenipotenciarios ante el Gobierno de los Estados Unidos con relación al experto financiero y al memorandum del Secretario de Estado de los E. E. U. U. del 9 de enero de 1915

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
1 abr de 1915fecha
Tratado o acuerdo internacionaltipo
G. O. 2622Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 5422.—RESOLUCION del P. E. que crea una comisión de Enviados Extraordinarios y Ministros Plenipotenciarios ante el Gobierno de los Estados Unidos con relación al experto financiero y al memorandum del Secretario de Estado de los E. E. U. U. del 9 de enero de 1915.—G. O. Núm. 2622 del 7 de Julio 1915. JUAN ISIDRO JIMENES, Presidente Constitucional de la República. Considerando: que al instaurarse la Administración que presido se encontró un instrumento diplomático-financiero, que pretende la creación de un Experto de acuerdo con las sujeciones del Gobierno del Gral. José Bordas Valdés; Considerando: que ese expediente se envió al Congreso Nacional por mediación del Senado de la República para que sufriera la tramitación y que ese Alto Cuerpo rehusó tomarlo en consideración; Considerando: que el Poder Ejecutivo no puede aceptar el ejercicio de un funcionario cuyo cargo y atribuciones no están establecidos por las leyes del Estado; Considerando: que es deber del Poder Ejecutivo solucionar de una manera decorosa y legal la cuestión; RESUELVE: Art. 1º Nombrar una Comisión de Enviados Extraordinarios y Ministros Plenipotenciarios que pase á Washington á exponer al Gobierno Americano la cuestión buscando una solución honrosa para los intereses nacionales de acuerdo con las instrucciones que le serán comunicadas por la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores. Art. 2º La misma Comisión tratará todas las cuestiones pendientes con la Cancillería Americana y las a que se refiere el último Memorandum de fecha 9 de enero de 1915 del Honorable Secretario de Estado de los Estados Unidos de América. Art. 3º Nombrar para desempeñar esa Comisión á los Ciudadanos Federico Velázquez y Hernández, Secretario de Estado de Fomento y Comunicaciones, Licdo. Jacinto B. Peynado, Secretario de Estado de Justicia é Instrucción Pública, Dr. Francisco Henríquez y Carvajal, Ex-Secretario de Estado de Relaciones Exteriores y Licdo. Enrique Jimenez, actual Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de la República Dominicana en Washington. § El Licdo. Ildefonso A. Cernuda, actual Secretario de nuestra Legación, asumirá la calidad de Secretario de la Comisión y la asistirá en cuanto ella necesite. Art. 4º Se destina la suma de doce mil pesos oro para cubrir los gastos de la Comisión, a reserva de dar cuenta oportunamente al Congreso Nacional. Art. 5º Los Secretarios de Estado de Relaciones Exteriores y de Hacienda y Comercio, quedan encargados de la puntual ejecución de lo resuelto. Comuníquese y publíquese. Dada en Santo Domingo, Capital de la República, al primer día del mes de abril de 1915, año 72 de la Independencia y 52 de la Restauración. J. I. JIMENES. Comunicado: B Pichardo.—Secretario de Estado de Relaciones Exteriores. Comunicado: A. Pérez Perdomo.—Secretario de Estado de Hacienda y Comercio.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona