viernes, 16 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
InstitucionesQuién dirigeSolicitudesCongresoJusticiaCasosElecciones
Resolución

Resolución 5405

QUE ESTIMA EN $30,093.72 CTS. LA INDEMNIZACION QUE DEBE PAGARSELE A NOBOA Y RECIO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
24 mar de 1915fecha
Otrastipo
G. O. 2593Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 5405.—RESCLUCION del P. E. que estima en $30.093.72 cts. la indemnización que debe pagársele a Noboa y Recio.—G. O. Núm. 2593 del 27 de Marzo 1915. EL CONGRESO NACIONAL, En Nombre de la República. Vista la exposición hecha por los señores Noboa y Recio del comercio de Azua. Vistos los documentos que forman el expediente en que fundan su reclamación. Considerando: que del estudio de todos los documentos que-da comprobada la legitimidad de la reclamación de los mencio-nados señores. Considerando: que el Decreto del Gobierno Provisional del Dr. Báez de fecha 7 de octubre de 1914, consagra especialmente a dichos señores el derecho que ellos reclaman, RESUELVE: Art. único: Se estima en la suma de treinta mil novecientos pesos setentidos centavos oro la cuantía que debe pagársele a los señores Noboa y Recio y cuya suma reconoce deberles el Estado. Dada en la sala de sesiones del Senado a los 11 días del mes de Marzo de 1915, año 72 de la Independencia y 52 de la Restauración. El Presidente: M. F. Cabral.—Los Secretarios: M. Mas-caró.—Pbro. Rafael Félix. Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Diputados a los 22 días del mes de Marzo de 1915, año 72 de la Independencia y 52 de la Restauración. El Presidente: Luis Bernard.—Los Secretarios: Daniel Pi-chardo.—José M. Ildefonso. Ejecútese, comuníquese por la Secretaría de Estado corres-pondiente, debiendo publicarse en todo el territorio de la Repú-blica para su cumplimiento. Dada en Santo Domingo, capital de la República, a los 24 días del mes de Marzo de 1915; año 72 de la Independencia y 52 de la Restauración. El Presidente de la República, J. I. JIMENES. El Secretario de Estado en los Despachos de Hacienda y Comercio: A. Pérez Perdomo.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Instituciones y poderes

Todas las secciones →
  • InstitucionesCuánto compra cada una, a quién y sus señales
  • Quién dirige cada instituciónMinistros, directores y superintendentes, con su decreto
  • Solicitudes de informaciónQué pide la ciudadanía a cada institución y cómo responde
  • JusticiaDecisiones de las altas cortes con el Estado como parte
  • Casos en los tribunalesFuncionarios imputados, próxima audiencia y cobertura
  • EleccionesCandidaturas, electos y quién ocupa cada cargo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona