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Resolución

Resolución 5324

QUE AUTORIZA A THE PORVENIR SUGAR COMPANY A INTRODUCIR BRACEROS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 ago de 1914fecha
Otrastipo
G. O. 2534Gaceta Oficial

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
COLECCCION DE LEYES, DECXETOS &.- 191 1 - - . - - __ _ _ _ mente establecido en 10s articulos 139 p 141 de la Ley sobre X- duanas y Puertos; Considerando : que el ca_botaje practicado por 10s buques nacionales que viajan ordinariamente tan solo por la costa domi- nicana, no ofrece 10s peligros inherentes a1 mismo servicio, he- chos por buques extranjeros, que viajan entre 10s puertos domi- nicanos y 10s extranjeros, en lo que respecta a la fiscalizacih del cohro de 10s derechos aduaneros ; DECRETO : Art. 19 El servicio y comercio de cabotaje, desde ahora en adelante, sera rendido exclusivamente por medio de 10s buques nacionales, entre 10s puertos de Santo Domingo, Macoris, La Ro- mana, SamanB, Sanchez, Azun y Barahona. S Queda retirada desde ahora, la autorizacih que en dife- rente; 6pocas ha dado el Poder Ejecutivo a buques extrmjeros para practicar el servicio de cabotaje en 10s puertos de la Re- p6blica. Art. 2 < ~ El present? Decreto comenzarh surtir sus efectos a partir del dia 19 del mes de octubre del corriente aiio. Dado en el Palscio Nacional de Santo Domingo, capital de la Rep6blica Dominicana, a 10s 22 dias del mes de Agosto del aiio 1914, 710 de la Independencia y 529 de la Restauracibn. J. BORDAS V. Refrendado :-El Secretario de Estado de Hacienda y Co- mi-cio, Saviiibn. Kum. 5324.--RESOLUCION del P. E. que autorim ;L The Porw- nir Sugar Company a introducir braceros.-G. 0. Nrim. 253.i del 29 de Agosto 1914. GENERAL JOSE BORDAS VALDES, Presidente Constitucional de la Repdblica. Vista la instancia que por 6rgano de la Secretaria de Esta- do de Agricultura 6 Inmigracih dirige a1 Poder Ejecutivo el se- iior Frank Farrand, Administrador de la “The Porvenir Sugar “O . _ _ __ __ __ ~ _ _ - - ( 6 Company”, sociedad estableci en New Jersey E U. de A. con arreglo a las leyes del mismo 9 stado, propietaria del Ingenio Porvenir” ubicado en la comGn de San Pedro de Macoris dondc, se dedicn a1 cultivo de caiias dulces y elaboracibn de aziicar, so- licitando permiso para introducir de las Antillas vecinas ocho- cientos braceros que emplearil. en 10s trabajos de la pr6xima za- fra 1914-15. Vistos 10s articulos 39 y 17 de la Ley de Inmigraci6n vi- gente, RESUELVE : Art. 10 Conceder a1 Sr. Frank Farrand, Admor. de la The Porvenir Sugar Comapny, y del Ingenio Porvenir ubicado en la jurisdiccih de San Pedro de Macoris, autorizacih para que pue- da inmigrar de las Antillas vecinas, desembarchdolos por el puerto de la referida Provincia, ochocientos braceros que cm- plearh en la zafra de 1914-15. Art. 29 El autorizado queda obligado a repatriar, a su cos- ta, 10s inmigrantes que resulten incapacitados para d1 tr>baJfJ por enfermedad 6 otra causa fisica, asi como 10s que se conduz- can de modo inmoral, o de algdn modo contrario a1 bienestar p& blico. Comuniquese por la Secretaria de Estado correspondiente. J. BORDAS V. Dado en la ciudad de Santo Domingo, capital de la R3p6bli- ca, R 10s veintid6s dias del mes de agosto del aiio 1914; 71 de la Independencia y 52 de la Restauracih. Refrendcdo :-E! Secretario de Estado de Agricultura 6 In- migracih, interino.-Eliseo Grull6n.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona